Según lo dispuesto en el Art. 105 constitucional, las leyes electorales deberán ser promulgadas y publicadas por lo menos 90 días antes de que inicie el proceso electoral en el que serán aplicadas. Para efecto de los comicios federales, dicho plazo debe empezar a contar a partir del inicio del proceso electoral federal “durante la primera semana de septiembre del año previo” a la jornada electoral. Por lo cual, deberán contabilizarse -de manera retroactiva- tres meses naturales a partir del...
Jamás había llegado al poder en Chihuahua -en la época moderna- un grupo político con tantas esperanzas tras de sí. Ni siquiera Francisco Barrio despertó esas expect...
Avasallados, no solamente en la contienda electoral del año pasado, sino también por el peso de los acontecimientos -y el número de ellos- ocurridos en los poco más d...
Luis Javier Valero Flores La designación del Auditor Superior del Estado (ASE) -después de dos elecciones- aún sin resolver ha mostrado, a plenitud, la profundidad d...
Ser o no ser, no hay otra alternativa. W. Shakespeare (1564-1616): Hamlet. No hay mas democracia que la que se hace, lo demás es teoría; teoría solida o chafa, p...
El caso ‘Nachito’ fue más que suficiente para exhibir la nula autonomía política del Poder legislativo de Chihuahua ante la perniciosa intromisión del Poder Ejecutivo...
"Creo que muchas mujeres se resisten al FEMINISMO porque es una agonía ser totalmente consciente de la brutal misoginia que perpetran la cultura, la sociedad y las re...
No obstante la inmediata aprehensión y aplicación de la prisión preventiva a dos de los supuestos responsables del secuestro y homicidio de la maestra Matilde Gil Her...
Al iniciar el presente año, mi reflexión personal respecto a las circunstancias inéditas que envolvieron la toma del poder estatal de Javier Corral, fue en el sentido...