Chihuahua, Chih.
“Cuando en una pelea ambos se saben callar al mismo tiempo,
son una pareja adulta.”
Jodorowsky
El Congreso del Estado Chihuahua, aprobó establecer como violencia política el daño que se causa a las mujeres, un gran paso para la democracia en nuestro Estado, esto porque se está escuchando a las mujeres de nuestro país. No solo será referente para las mujeres en Chihuahua, sino también para nuestro país.
Me atrevo a reflexionar sobre este tema que era tabú, no solo basta con una norma, indispensable que este en los hechos, de todos los gobernantes y gobernados.
La violencia política contra las mujeres continúa siendo una de las principales barreras para el ejercicio de la ciudadanía en América Latina (Krook y Restrepo, 2016; Torres Alonso, 2016; Albaine, 2015; Htun, 2014; Krook y Norris, 2014: 16). Si bien en las últimas décadas se han realizado esfuerzos sostenidos en diversos países de América Latina para impulsar el acceso y el ejercicio del poder de las mujeres a las instituciones democráticas, esas exigencias normativas pusieron en evidencia una serie de prácticas que reproducen formas de hacer política patriarcales, misóginas, violentas, sexistas y excluyentes (Freidenberg, 2017).
Muchos políticos rechazaron el hecho de que las mujeres accedieran a las candidaturas, bajo la duda de que ellas tuvieran la experiencia, capacidad, una carrera idónea como militante en el partido, redes de contacto y/o el conocimiento para ejercer un cargo de representación popular. La mayoría de las dudas respecto a las capacidades de las mujeres nunca se habían manifestado en relación a los hombres y, mucho menos, exigiendo que éstos demostraran sus capacidades para ejercer los cargos en disputa. Ese atributo siempre se ha dado por descontado, al confiar en el buen criterio de las dirigencias partidistas (Freidenberg, 2017).
Los actos que suponen acoso y/o violencia son situaciones de invisibilidad, descrédito o generación de culpa, usar el pronombre masculino en documentos oficiales, realizar comentarios despectivos sobre sus capacidades por el hecho de ser mujeres, hacer chistes o comentarios misóginos, mentir sobre la ubicación y hora sobre reuniones importantes, acosar y atacar físicamente o no facilitarles los recursos para el desempeño de sus cargos. (Freidenberg, 2017).
Es decir, la violencia política hacia las mujeres comprende todas aquellas acciones y omisiones (incluida la tolerancia) que basadas en elementos de género y dadas en el marco del ejercicio de derechos político-electorales, tengan por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos políticos o de las prerrogativas inherentes a un cargo público (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2016).
Este tipo de prácticas no son aisladas, ocasionales ni esporádicas y dan cuenta de la diversidad de actos que pueden ser definidos como violencia política contra las mujeres.
IPU realizó en 2016 un estudio en treinta y nueve países, y encontró que el 40% de las mujeres que participaban en órganos legislativos había recibido amenazas, lesiones, violación, muerte o presiones durante su encargo. El 80% de mujeres legisladoras reportó haber sido objeto de agresiones psicológicas, comentarios sexistas y humillaciones. Una quinta parte de las entrevistadas mencionaron haber sido víctimas de violencia sexual (IPU, 2016: 3). En una encuesta on line realizada recientemente por el #LaboratorioDeMujeresPoliticas (IIJ-UNAM), las mujeres señalaron experimentar mayores niveles de violencia dentro de los partidos políticos respecto a los varones. El 47% de las mexicanas que respondió la encuesta indicó haber sido discriminada por ser mujer y de haber percibido que cuando sus partidos distribuyen candidaturas siempre encuentran favoritismo hacia los hombres.
Si bien no todas las mujeres latinoamericanas que quieren hacer política enfrentan los mismos obstáculos; es cierto que muchas de ellas, en particular a nivel local, experimentan fuertes obstáculos al querer hacer política. El elemento común de la violencia política es que a las mujeres candidatas, funcionarias electorales, magistradas, síndicas, concejalas o presidentas municipales, las agredieron, insultaron, amenazaron por el hecho de ser mujeres.
La violencia política contra las mujeres es un fenómeno que está sumamente arraigado en la vida pública y debe ser combatido de manera urgente.
En ese sentido, se requiere cambiar prácticas, valores, ideas y reglas que contribuyan a normalizar la presencia de mujeres como detentoras de poder. Las posibles rutas de acción van desde la divulgación de ideas y medidas de acción afirmativa al interior de los partidos, hasta la promoción de protocolos y leyes que tipifiquen de manera clara y rigurosa todas las dimensiones de la violencia política de género.
La voluntad política de los partidos políticos, sus dirigencias y sus bases militantes resulta indispensable para feminizar la política y generar cursos de acción que erradiquen las prácticas que afectan (y en ocasiones arrebatan) la vida de las mujeres.
Bibliografía
ALBAINE, Laura (2015), “Obstáculos y desafíos de la paridad de género. Violencia política, sistema electoral e interculturalidad”, Íconos: Revista de Ciencias Sociales, núm. 52, pp. 145-162
FREIDENBERG, Flavia (2017), “La violencia política hacia las mujeres: el problema, los debates y las propuestas para América Latina”. En DEL VALLE PÉREZ, Gabriela y FREIDENBERG, Flavia. Eds. Cuando hacer política te cuesta la vida. Estrategias contra la violencia política hacia las mujeres en América Latina. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas, de la Universidad Nacional Autónoma de México y Tribunal Electoral de la Ciudad de México., México. pp. 3-42
FREIDENBERG, Flavia (2019), “Los costos de la violencia política contra las mujeres”. Publicado enPrimer Saque, el 8 de marzo. Consultado el 22 de abril de 2019 en https://oraculus.mx/2019/03/08/que-pueden-hacer-los-partidos-frente-a-la-violencia-politica-contra-las-mujeres/
HTUN, Mala et.al. (2014), “Movilización feminista y políticas sobre violencia contra las mujeres”, Foreign Affairs Latinoamérica, vol. 14 (1), pp. 2-13
KROOK, Mona Lena y RESTREPO SANÍN, Juliana (2016), “Género y violencia política en América Latina: conceptos, debates y soluciones”, Política y gobierno, núm. 23 (1), pp. 127-162
KROOK, Mona Lena y NORRIS, Pippa (2014), “Beyond Quotas: Strategies to Promote Gender Equality in Elected Office”, Political Studies, vol. 62, pp. 2-20
TORRES ALONSO, Eduardo (2016), “Violencia política en las elecciones subnacionales mexicanas. El caso de Chiapas en 2015”, Politai. Revista de Ciencia Política, año 7, primer semestre, núm 12, pp. 79-95
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (2016), Protocolo para Atender la Violencia Política Contra las Mujeres, México
Salud y larga vida
Profesor por Oposición de la Facultad de Derecho de la UACH.
@profesor_F