Elección judicial, candidaturas impresentables

Elección judicial, candidaturas impresentables 19 de abril de 2025

Mariela Castro Flores

Chihuahua, Chih.

Colaboración especialmente dedicada al juez en funciones, Ernesto Alonso Armendáriz Ituarte #77 en la boleta, que aspira a refrendar su posición como juez penal.

Para bien o para mal, el proceso electoral extraordinario del poder judicial del estado a culminar este 2025, ha arrancado con malos augurios y algunas áreas de oportunidad que nos representan a la ciudadanía, una oportunidad de reconfigurar la forma en que nos organizamos para la toma de decisión en temas que nos atañen y eventualmente, afectaran nuestra cotidianidad.

A palo dado, ni dios lo quita. Disculpe usted el diosismo; pero de milagro se logra entender lo muy compleja que resultara la elección, sobre todo, porque la autoridad electoral, sus largos litigios, controversias y respuesta a las problemáticas en materia electoral enunciadas por la sociedad, han sido resueltas con el objetivo de garantizar contiendas más equitativas y accesibles.

De ahí, que este proceso resulta uno de reeducación y nuevos aprendizajes.

Se pronostica una muy baja participación; sin embargo, si hablamos de oportunidades, quizá la mejor es tener la posibilidad de saber de bien a bien, como gente de a pie, personas comunes, cómo es que se integra el Poder Judicial y cómo es que se ha venido ejerciendo la “justicia” en el estado; también, por la forma de insacular (no hablando del proceso y el mecanismo de elección) sino la definición de cuotas y pago de favores políticos y electorales a la hora de repartir candidaturas.

En este punto es que nos podemos dar cuenta que desde antes, muy poco tiene que ver la capacidad, conocimientos o experiencia de las y los juzgadores con su función y la proclividad que poseen para corromperse o juzgar sin procurar o garantizar justicia.

No generalizo pero la equidad, la justicia, la igualdad, una vida libre de violencia para todas las personas, el reconocimiento de la autonomía progresiva y el libre desarrollo de la personalidad de niñas, niños y adolescentes desde un enfoque de derechos humanos, perspectiva de género, infancias, juventudes, enfoques diferenciados que transversalicen la laicidad y la pertinencia cultural, no es lo que guía de su función.

Sentencias laxas o que liberan a violadores, feminicidas o que no reparan es una constante como una constante ha resultado que, a pesar de que las Fiscalías integren de modo adecuado sus carpetas de investigación es común que jueces y juezas definan sin tomar en cuenta múltiples elementos contenidos en ellas.

Las redes sociales se han inundado de casos a modo de denuncia de aspirantes duartistas, narcojueces, jueces que sentencian de modo incomprensible más allá de entender sus decisiones como resultado de favoritismos o derivadas de procesos de corrupción, aspirantes sin experiencia ni carrera jurisdiccional que ambicionan magistraturas (deje usted ser jueces, ¡no! magistraturas); pero las y los más lesivos son -a mi parecer- quienes liberan a agresores sexuales y feminicidas.

Por primera vez, podemos someter a estricto escrutinio su ejercicio y decidir si siguen en su función, o no.

Para ejemplo un botón: el juez a quien le dedico esta colaboración, que dejó en libertad al violador Christian Alejandro Caudillo Bencomo -del que podemos mencionar su nombre porque al ser sentenciado tras un procedimiento abreviado a una pena de 14 años, 5 meses y 10 días de prisión agotó su presunción de inocencia- y que ya se encontraba en la cárcel con carpeta de ejecución es 328/24.

Su captura fue derivada de un ordenamiento judicial ejecutado por agentes del Grupo Especializado en Cumplimiento a Órdenes de Aprehensión, donde fue puesto a disposición del Juez Penal de Primera Instancia que le requería.

Fue así que se consiguió la condena antes mencionada, también se le comprometió a pagar la cantidad de 56 mil 758 pesos en efectivo como reparación del daño. Decisión recurrida quedando en manos de Ernesto Alonso Armendáriz Ituarte.

Este, sustituyó la pena de prisión a cambio de firmar cada 15 días con el pretexto de ¡ir a cuidar a su hija de 1 año 11 meses de edad! A un violador sentenciado, sin dar vista el DIF para lograr concretar el acto de corrupción; ya que, si lo hacía, no podría determinar entregar la custodia a un agresor sexual porque el DIF se avoca a encontrar redes de apoyo y si no las hay, ofrece recursos y seguimiento para que cuidadores primarios puedan seguir ejerciendo cuidados, en este caso la madre, que por periciales privadas ofrecidas por el imputado, Armendáriz Ituarte determinó retirar la custodia a la mamá de la niña.

Por eso, se operó en total opacidad, para liberar a un agresor sexual en detrimento de la seguridad e integridad de una niña de poco menos de dos años.

De este caso y muchos más hemos podido saber porque las y los aspirantes se encuentran en campaña y de ahí surge el interés de analizar a fondo sus criterios a la hora de administrar justicia.

El relatado solo es una gota de agua en el mar; pero la mala praxis judicial se tiene que visibilizar y ojalá nos alcance de aquí al 1 de junio, para revisarlos en su totalidad.

No será posible, pero si es habrá un gran avance si gran parte de la ciudadanía se anima a colaborar en este ejercicio.

@marielousalomé

https://www.eldiariodechihuahua.mx/local/2025/apr/15/libero-juzgador-a-entrenador-acusado-de-violacion-en-2024-692902.html

Mariela Castro Flores

Politóloga y analista política especialistas en género y derechos humanos.