Ciudadanos delincuentes

Ciudadanos delincuentes 16 de julio de 2018

Gerardo Cortinas Murra

Chihuahua, Chih.

Lo he dicho ya tantas veces: para Javier Corral todos los chihuahuenses somos delincuentes en potencia. Para este impúdico gobernante, el uso de la fuerza pública es el único medio para ‘resolver’ los reclamos de la ciudadanía chihuahuense; sin importarle la violación de derechos humanos que conlleva este método ‘disuasivo’.

En efecto, para el ‘César Duarte II’ la brutalidad policiaca resulta ser el medio más eficaz para evitar los actos de resistencia civil en su contra. Porque para él, el reclamo social solo es legítimo cuando él lo abandera. De no ser así, el uso de la fuerza pública tiene plena justificación.

Porque, como buen panista, piensa que los chihuahuenses somos ingratos y, por ello, no merecemos un gobernante como él. Por desgracia, la ‘ingratitud’ ciudadana tiene un precio: el gobierno del ‘Nuevo Amanecer’ presentó una denuncia penal en contra de un grupo de campesinos y ejidatarios que exigen un trato preferencial en el cobro (tasa cero) en la caseta ‘Sacramento’.

Para que usted amable lector, aprecie la infame actitud del gobernadorcillo azul, basta con que refiera la siguiente información: El mismo día en que se autorizó el uso irracional de la fuerza pública, el gobierno estatal presentó una denuncia penal por el delito de daños en contra de un grupo de personas, por haber causado daño a “una barrera de concreto”.

Ese mismo día, los peritos de la Fiscalía General emitieron un dictamen valorativo de daños por la ridícula cantidad de $3,300.00 pesos. ¿Y sabe usted, de qué manera llegaron a semejante conclusión? Fácil: consultando en páginas de Internet (Mercado Libre y Segunda mano). Y no solo eso, en dicho dictamen también se incluye un daño a una “camisola policial” por $600.00, causado por uno de los detenidos.

Así de sencillo resulta acreditar la perversidad de Javier Corral. Como rancio panista, los actos de resistencia civil solo son lícitos si los promueven sus correligionarios.

Ahora bien, la brutal represión policiaca en contra de campesinos y ejidatarios que pretendían liberar el ‘retén’ de concreto colocado por el gobierno estatal violenta, sin duda alguna, los principios que regulan el uso de la fuerza pública.

Recordemos que la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública (LEY) define el concepto ‘fuerza pública’ como “el instrumento legítimo mediante el cual los integrantes de las Instituciones Policiales hacen frente a las situaciones, actos y hechos que afectan o ponen en peligro la preservación de la libertad, el orden y la paz públicos, así como la integridad y derechos de las personas, a fin de asegurar y mantener la vigencia de la legalidad y el respeto de los derechos humanos”.

Además, precisa que la fuerza pública “se realizará estrictamente en la medida que lo requiera el ejercicio de las funciones de los integrantes de las Instituciones Policiales (la cual) deberá ser: legal, necesaria, proporcional, racional, y oportuna”,

En consecuencia, es evidente que la acción policiaca ejercitada en contra de un grupo de campesinos violenta el principio de proporcionalidad, toda vez que la fuerza pública no fue “adecuada y en proporción a la resistencia del infractor o agresión recibida, atendiendo a su intensidad, duración y magnitud”.

Es tal la claridad de la LEY que, difícilmente, podría narrarse de mejor manera: “Conforme a este principio, no deberá actuarse con todo el potencial de una unidad si las personas contra las que se usa la fuerza se encuentran en una situación cuantitativa y cualitativamente inferior; la fuerza empleada debe ser prudente y limitada, sólo para alcanzar el control y neutralizar la agresión. El uso de la fuerza estará en relación directa con los medios empleados por las personas que participen en la agresión, su número y grado de hostilidad”.

Yo me pregunto: ¿Por qué no se utilizó “la fuerza en los niveles de presencia disuasiva” (persuasión verbal y/o negociación) antes de ordenar golpear, salvajemente, a esos ciudadanos delincuentes?