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Alcanzar la Justicia, fin último del Derecho

Alcanzar la Justicia, fin último del Derecho 11 de noviembre de 2019

Francisco Flores Legarda

Chihuahua, Chih.

“La mente miente. 
El sexo es sin seso. 
El corazón es sin razón. 
Con calma, el alma ama”

Jodorowsky

A lo largo del tiempo se ha establecido que el fin último del Derecho es alcanzar la justicia.  

En efecto, en nombre de la justicia es que nacen los ordenamientos jurídicos a nivel mundial, como una forma de proteger los Derechos Fundamentales del hombre en una época determinada. 

Sin embargo y todavía en la actualidad, es complicado dar una definición exacta de este concepto y en virtud de que muchas leyes en el tiempo han sido consideradas como “dañinas a determinados sectores de la sociedad”, “represivas” e incluso “injustas” , es que hemos querido realizar el presente artículo para hablar un poco sobre la justicia y legalidad.  Esperamos sea de tu agrado.

Justicia y Legalidad

Nociones Generales

Justicia

Siguiendo la doctrina del ilustre autor Luis María Olaso en su libro “Curso de Introducción al Derecho-Tomo I”  el fin del derecho es un valor o una serie de valores de carácter ético social que son fundamento mismo de la sociedad y en cuya cúspide se encuentra la justicia. Asimismo, continúa el autor que la justicia debe ser entendida como:

…la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo…

Concepto de origen romano, que es atribuido a Ulpiano, aunque este hablaba de dar a cada uno su derecho, dándole una connotación más jurídica. Dicho concepto coincide con el de HORMAECHE que estableció:

…Justicia es la virtud que atribuye a otro lo que es suyo…

Ahora bien de los conceptos anteriores se observa que al referirse a constante y perpetua voluntad, se debe entender como el hábito que inclina la voluntad del hombre a la realización del bien honesto. En este sentido la justicia como toda virtud moral, produce un doble efecto: “hacer buenas las obras y hacer bueno al que las hace”. Asimismo la palabra “dar” no significa regalar o donar: sino atribuir lo que se debe (caso patrono-obrero con respecto a la obligación del pago de salario).

Igualmente cuando se refiere a “cada uno o a otro lo suyo”  se refiere a otras personas; por cuanto no hay obligaciones de justicia con nosotros mismos o con seres irracionales, sino con las personas y la comunidad.

Legalidad

En otros artículos como el de fuentes del derecho, explicamos que en sentido amplio, la Ley es toda norma jurídica de origen estatal, de forma escrita y solemne. En sentido restringido, se entiende como el mandato de carácter general que emana de un órgano del Estado (Poder Legislativo) a través del proceso establecido en la Constitución. De allí que en principio la legislación o el ordenamiento jurídico de un Estado, es producto de un complejo proceso de formación por ante el órgano competente para ello, para su obligatorio cumplimiento por la sociedad a la cual está dirigida. 

Conforme a algunos autores, la ley debe ser justa y dirigida al bien común; debe ser posible, por lo que no debe exigir actos heroicos; debe ser adecuada a la costumbre de la sociedad que va a regir; tiene que ser clara y provechosa; y por último, debe ser obligatoria, imponiendo un deber para obtener el bien común. Sin embargo y a pesar de esas posiciones doctrinarias, a lo largo de los siglos, los peores daños éticos y morales que se le han creado a determinados sectores de la sociedad han sido en nombre de la ley.

Un ejemplo claro para entender lo anterior, ha sido la “legislación del Apartheid” en Sudáfrica durante el siglo XX. Durante esa época la discriminación y la segregación racial eran hechos legalmente aceptados en Sudáfrica, siendo las leyes más significativas: La Ley de Prohibición de Matrimonios Mixtos No 55 de 1.949 (entre blancos y negros), la Ley de Registro de Población No 30 de 1.950  (para identificar a las razas por color), la Ley de Nativos No 62 de 1.952 (Conocida como la Ley de Pase, prohibió el simple desplazamiento físico de los negros desde las zonas rurales a las ciudades), entre otras.

Posiciones doctrinarias: Relación entre justicia y legalidad

En sintonía con lo anterior, podemos afirmar entonces que la legalidad se entiende como aquello que es permitido bajo el sustento de un marco de derecho (derecho positivo); mientras que por justicia, se entiende “lo que debe ser” (derecho normativo), velando por los intereses de todas las personas morales o físicas; es decir, define el marco de derecho en que se debe mover la legalidad.

En teoría la legalidad se norma con base al marco de la justicia. Esta última es quien establece los criterios relativos a los derechos y obligaciones de los individuos dentro del ámbito social. El llamado derecho normativo que inspira las tesis de justicia, con respecto al derecho positivo que hace hincapié en la legalidad, entran en conflicto al tratar de dar sustento a los intereses de los hombres en la lucha de clases enfrentadas bajo la práctica de la explotación del hombre por el hombre. El lucro mueve al sistema de economías a nivel mundial y es a su vez, la merma misma de la equidad y la justicia en algunas sociedades. 

Cabe agregar que la lucha entre legalidad-justicia también puede estar dada por determinados aspectos de la sociedad: religión, política, orientación sexual, aspectos raciales y en fin cualquier factor que se quiera imponer de un sector de la sociedad en perjuicio de otro en una época determinada.

¿Lo legal es justo o lo justo debe ser legal?

Recordando a lo establecido por el autor Heller, el sistema legal brinda la certidumbre o seguridad jurídica, porque de su aparato depende la coacción, la eficacia de este depende del monopolio de la coacción física; sin embargo, la legalidad no implica legitimidad, ni justicia, aunque tiende a ella. En consecuencia, el origen de la justicia pasa por un eje de eticidad como base del derecho positivo, pero no escapa a las contradicciones y tensiones que enfrenta el Estado, ya que entre gobierno y sociedad hay diversos intereses y posiciones que impiden el acuerdo pleno sobre el contenido y la aplicación de los principios jurídicos vigentes, condicionando de esta manera a la justicia.

Es por ello que, aun cuando existan normas jurídicas en un Estado: las mismas, por ser la justicia un aspecto subjetivo, pueden ser catalogadas como injustas por determinados sectores de la sociedad. Sin embargo el problema se presenta cuando la ley deja de ser acatada por toda la sociedad y en ese caso la norma jurídica debe evolucionar y modificarse en beneficio del Bien Común de la colectividad.

En virtud de ello, existe la afirmación (a los efectos del presente artículo) de que : lo justo debe ser legal, por ser el fin último de la ciencia jurídica; pero lo legal no necesariamente es justo, por ser la ley insistimos el resultado de una compleja formación de pasos y procesos llevados ante el órgano competente para ello, que responden en muchas ocasiones a los intereses de un determinado grupo social. En esos casos y como nos ha demostrado la historia obligan al legislador a modificar las normas jurídicas constantemente para adecuarse a las realidades sociales de cada época.

Conclusión

De todo lo anterior podemos concluir que la lucha entre justicia y legalidad ha existido a lo largo del tiempo y ha obligado a los legisladores a evolucionar y repensar el derecho y modificarlo en beneficio del Bien Común de la colectividad y la sociedad a la cual está dirigida su aplicación.

Sin embargo consideramos que todavía en la actualidad la justicia y legalidad son un tema que necesita ser abordado, por la existencia de ordenamientos jurídicos a nivel internacional que no reflejan la voluntad real del pueblo en donde tienen su ámbito de aplicación y en razón de ello no se adecuan a su fin último que es la justicia. Esperamos que te haya gustado el presente artículo y nos vemos en una próxima oportunidad.

Salud y larga vida.

Profesor por Oposición de la Facultad de Derecho

@profesor_F

Francisco Flores Legarda

Analista. Profesor por Oposición de la Facultad de Derecho de UACH

@profesor_F