¿Y las pluris, apá…?

¿Y las pluris, apá…? 14 de junio de 2021

Gerardo Cortinas Murra

Chihuahua., Chih

El Art. 116 del Pacto Federal establece que las legislaturas locales se integrarán con diputados de mayoría relativa (MR) y de representación proporcional (RP). Asimismo, establece que el tope de diputados que puede tener un partido político será el número de diputados que representen un porcentaje del total de la legislatura que exceda en ocho puntos su porcentaje de votación emitida. 

A su vez, la Constitución Local establece que las diputaciones de RP (‘pluris’) se distribuirán mediante rondas de asignación entre los partidos políticos con derecho a ello, atendiendo al orden decreciente del porcentaje de votación obtenido por cada uno de ellos de la votación estatal válida emitida; en los términos siguientes:

En una primera ronda, se asignará una diputación a cada partido que haya obtenido por lo menos el 3% de la votación estatal válida emitida (VEVE). Si aún quedaren diputaciones por asignar, en una segunda ronda se otorgará otra diputación a cada partido político que haya obtenido más del 5% de la VEVE.

Si aún quedaren diputaciones por asignar, en una tercera ronda se otorgará otra diputación a cada partido que haya obtenido más del 10% de la VEVE. Si aún quedaren diputaciones por asignar, en una cuarta ronda se asignará otra diputación a cada partido político que haya obtenido más del 20% de la VEVE. 

En nuestro Estado, las ‘pluris’ se asignan de manera alternada y sucesiva: en primer lugar, utilizando el sistema de las listas registradas ante el IEE; y en segundo lugar, atendiendo a los más altos porcentajes de la VEVE obtenidos en su distrito por cada uno de los candidatos del mismo partido.

Sin embargo, en el año 2009, la ‘Tremenda Corte’ declaró que la asignación por rondas es inconstitucional. Los argumentos de inconstitucionalidad esgrimidos por los ministros de la SCJN, son los siguientes:

“…el sistema de rondas no responde a la lógica general de la representación proporcional en virtud de que prevé porcentajes que son absolutamente artificiales, incrementándolos sin referente alguno, con lo que se afecta directamente la mecánica de distribución de la representación proporcional, lo que impide que se cumpla la finalidad del sistema de representación proporcional, que es evitar que los partidos minoritarios tengan una nula o escasa representación”.

 Lo anterior, dada cuenta que  “no se toma en consideración la votación estatal emitida ni el número de curules específico, sino que va fijando rangos de determinado porcentaje de votación y con base en ello establece rondas de asignación, lo que ocasiona que no se atienda directamente a la votación emitida como lo dispone el artículo 54 de la Constitución General de la República, la cual debe ser considerada como una base fundamental en la implementación de ese sistema a nivel local, aun cuando dicho precepto constitucional no se aplique directamente a las legislaciones locales”.

En efecto, la asignación por rondas “atenta contra el principio de representación proporcional al no atender directamente a la votación obtenida por el partido sino que introduce parámetros que alejan la asignación natural por porcentaje de votación, pues crea categorías para segmentar la repartición de las diputaciones, estableciendo distintos porcentajes de votación… provocando con ello, que no se atienda directamente a su votación, sino a parámetros creados artificialmente que tienden a polarizar y evitar que las minorías tengan una representación acorde con su votación natural”.

Por décadas, a pesar de su inconstitucionalidad, el reparto de ‘pluris’ por rondas de asignación ha prevalecido en Chihuahua, gracias al descarado contubernio del PRI y del PAN, que han eludido la reforma constitucional correspondiente.

Una vez que el IEE apruebe el acuerdo de la asignación de diputados ‘pluris’, presentaré un juicio ciudadano en contra de dicho acuerdo. 

Esperemos que los corruptos magistrados del TEE, no lo desechen, so pretexto de una supuesta falta de interés legítimo.

Gerardo Cortinas Murra

Abogado, analista político especializado en temas electorales y legislativos