Transferencia de candidatos

Transferencia de candidatos 20 de agosto de 2018

Gerardo Cortinas Murra

Chihuahua, Chih.

Al resolver la asignación de diputados ‘pluris’, los consejeros electorales del IEE han demostrado, por enésima vez, su ya crónica falta de profesionalismo. De nuevo, su parcialidad es manifiesta y, a mi parecer, dolosa. La simple lectura de la resolución de asignación, es suficiente para acreditarlo. Veamos el por qué:

Al aplicar, por vez primera, el principio constitucional de subrepresentación, se llega a la conclusión de que el PRI y Morena “se encuentra subrepresentados por debajo del límite”. Al respecto debe tenerse presente que el límite constitucional de subrepresentación de un partido político en la integración de la totalidad de la legislatura, no debe ser mayor al 8% del porcentaje de la votación obtenida.

Para realizar la ‘compensación constitucional’, los criados electorales del INE asumen que “mediante la implementación del principio de RP, se busca atenuar la distorsión de la representación en el órgano legislativo, motivada por la votación emitida por el principio de mayoría relativa, garantizar la presencia de las fuerzas políticas minoritarias en los órganos legislativos y establecer contrapesos frente al partido político dominante”.

A pesar de ello, de manera inexplicable, incurren en un grave error: dan por hecho que el partido Movimiento Ciudadano (MC), está ‘sobrerepresentado’ por tener dos diputados de mayoría y un ‘pluri’; lo anterior, a pesar de que su porcentaje de votación (3.4%) es superior al umbral mínimo de votación.

Sin embargo, omiten (¿?) considerar que el PES, a pesar de no haber logrado una votación mayor al 3%, y por ello no haber tenido derecho a participar en el procedimiento de asignación de diputados ‘pluris’; tendrá cuatro diputados de mayoría, como consecuencia de su participación en la coalición electoral ‘Juntos haremos Historia’.

Yo me pregunto: Si se acepta que el PES perdió su registro como partido político nacional, ¿Es válido que este partido político que no tendrá diputados ‘pluris’, ni financiamiento público local, pueda formar un grupo parlamentario? ¿A qué grupo parlamentario pertenecerán estos cuatro diputados del PES?

A mi parecer (¿dolosamente?), los consejeros electorales del IEE omitieron tomar en cuenta el porcentaje que representan estos cuatro diputados en la conformación total del Congreso. Porque solo así, es factible considerar que MC sea el partido ‘más sobrerepresentado’. Argumentación leguleya que sirvió de base para ‘reasignar’ (quitarle) la ‘pluri’ a Miguel Vallejo, quien el día de ayer presentó la impugnación electoral respectiva.

Ahora bien, del cúmulo de pruebas que habrán de ofrecerse ante la Sala Regional de Guadalajara, destaca el Dictamen emitido por la Comisión Nacional de Elecciones de Morena mediante el cual se designan los candidatos a diputados locales, por ambos principios, que serían postulados por dicho partido político, en los comicios locales de Chihuahua.

De la lectura de dicho dictamen, se infiere que todos los candidatos que participaron en las 22 elecciones de diputados de MR en nuestro Estado, que fueron postulados por esta coalición electoral, surgieron de un proceso de selección interna de Morena.

En otras palabras, la inmensa mayoría de los candidatos de esta coalición electoral no son militantes de Morena. Imagino que participaron en su calidad de candidatos externos; y así participar en un procedimiento de selección de candidatos de un partido ajeno. Es decir, participan de manera interesada y oportunista; Más aún, en tratándose de los ‘candidatos’ del PES y del PT.

Así las cosas, somos testigos de una ilícita transferencia de candidatos pactada por Morena, el PES y el PT, dada cuenta que los candidatos de esta coalición -que habrán de integrar los grupos parlamentarios del PES y del PT (partidos rémoras)- no fueron elegidos en un procedimiento de selección de candidatos realizado por su propio partido; sino más bien, por el partido ‘tiburón’. Ni más ni menos que un burdo fraude a la ley…