Chihuahua, Chih.
La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acerca de la consulta popular para enjuiciar a los últimos cinco expresidentes es de una gravedad mayor.
No está en juego la discusión sobre la conveniencia, o no, de someter a juicio a los mandatarios, -eso debiera resolverse por otras vías, contenidas en la legislación existente- sino sobre el comportamiento de la SCJN en el que era el asunto más importante a resolver:
Su independencia frente al titular del Poder Ejecutivo, para convertirse en el órgano del Estado, garante de la legalidad vigente y como el contrapeso real, legal, legítimo, al Ejecutivo.
No resistió el lanzamiento de los más duros misiles mediáticos del tabasqueño a fin de que resolvieran en su favor.
Son numerosos los especialistas que han expuesto con claridad el carácter altamente inconstitucional de la pregunta.
Asombra que desde la presidencia de la república se hubiese, no que hubiesen enviado esa pregunta, sino que la hubiesen redactado, a pesar de contar con un equipo de especialistas jurídicos a los que todos supusimos altamente capacitados.
El resultado es francamente desalentador. Los ministros cambiaron la pregunta, algo a lo que no tenían facultades, y aprobaron otra también claramente inconstitucional.
La pretensión del presidente López Obrador era -es- empatar con la fecha de las elecciones cualquier otro asunto o mecanismo, de tal manera que el electorado identifique que al votar por ese asunto y por los candidatos de Morena están respaldando al presidente.
Eso y no otra cosa es lo pretendido por la anunciada iniciativa de ley, que propondrá el líder de los senadores de Morena, Ricardo Monreal, para empatar la fecha de la consulta con la de las elecciones federales del próximo año.
¿Necesitan de tantas chicanadas para ganar la mayoría de los diputados federales el próximo año?
En el camino están cometiendo verdaderos agravios a la causa democrática.
El abogado Diego Valadés, uno de los más respetados constitucionalistas en el país, escribió que la pregunta “presidencial fue declarada constitucional a pesar de la afectación del principio de presunción de inocencia…”. (El Universal, 5 de octubre de 2020).
Sobre las facultades irrenunciables del Ministerio Público, dijo que “está obligado a investigar todo hecho delictivo del que tenga conocimiento. Mientras haya Estado de derecho la investigación y la persecución del delito serán un deber, no una facultad de ejercicio potestativo y selectivo…”.
Y coincidió con muchos al considerar a la pregunta elaborada por la SCJN como inconstitucional a la que catalogó como violatoria de “lo dispuesto por el artículo 35 constitucional y en este caso no hay remedio posible; no al menos en el ámbito nacional”, pues “No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, ni las garantías para su protección”.
Y estableció que la pregunta, al plantear que se realizarán “las acciones pertinentes [...] para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos", y 2) "garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas”, violan los artículos 6º, 20 y 21 de la Constitución, ya que es “inconstitucional sujetar a un plebiscito el ejercicio del derecho a la información, el deber del Estado acerca de la indagación de delitos y el resarcimiento a las víctimas del delito”. (Ibídem).
Cuando se les pregunte a los ciudadanos si están de acuerdo, o no, “en que se lleven a cabo acciones para el esclarecimiento de decisiones políticas y en que se garanticen la justicia y los derechos de las posibles víctimas”, tanto Diego Valadés, como otros constitucionalistas, insisten en afirmar que al hacerlo se contravendría “lo preceptuado por la norma suprema”.
No hay margen para la duda, las preguntas, tanto la promovida por el presidente, como la aprobada por la Corte son inconstitucionales.
Contestar sí a la pregunta no llevará a nadie a la cárcel, no acusará a nadie de la comisión de algún delito, sólo facultará ¿A quien? a iniciar un “proceso para el esclarecimiento de los procesos políticos”.
¿Qué cosa es eso?
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