Rotación legislativa

Rotación legislativa 22 de agosto de 2022

Gerardo Cortinas Murra

Chihuahua, Chih.

La Constitución Local establece que la Mesa Directiva del Congreso (MD) es el órgano interno encargado de dirigir el ‘trabajo’ legislativo; y sus integrantes durarán en funciones un año. En su conformación se privilegiará la paridad de género y la composición plural del Congreso. 

Corresponde a la JUCOPO aprobar la planilla de diputados de la MD; la cual, posteriormente, habrá de ser aprobada por el Pleno en una sesión ‘previa’ que debe celebrarse “dentro de los diez días previos al inicio de cada año legislativo”; en la cual se requiere el voto “de las dos terceras partes de los diputados presentes”.

La regla constitucional vigente es la alternancia de la Presidencia de la MD “entre los integrantes de los grupos y coaliciones parlamentarios, considerando de manera prioritaria, a los diputados representantes de los partidos políticos que por sí mismos constituyan la primera y segunda fuerza política”.

A simple vista, resalta la ambigüedad y la discrecionalidad que autoriza el actual texto constitucional para seleccionar a los integrantes de la MD, al dejar al criterio de la JUCOPO el “orden para presidir” el órgano directivo del Congreso.

Por tal motivo, resulta urgente modificar el procedimiento de selección de la MD, evitando con ello, la vana confrontación política entre los grupos parlamentarios. Tan sencilla es la solución, que basta con reformar la regla constitucional vigente, en los términos siguientes:

“La Mesa Directiva del Congreso será presidida, el primer año, por un diputado del grupo parlamentario que sea la primera fuerza política; el segundo año, por un diputado del grupo parlamentario que sea la segunda fuerza política; y el tercer año, por un diputado del grupo parlamentario que sea la tercera fuerza política”.

A mi parecer, resulta perverso supeditar una regla constitucional al consenso de los diputados que integran la JUCOPO; a pesar de que sea “el órgano colegiado en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas a fin de alcanzar acuerdos para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden”.

Sin embargo, con total independencia del procedimiento de selección de los integrantes de la MD, la JUCOPO debe procurar que en la rotación anual de la MD, sus integrantes -en especial, el presidente- garantice la institucionalidad del Poder Legislativo.

En otras palabras, el Presidente de la MD debe ser, sin excepción alguna, un diputado cuya reputación política garantice a la sociedad chihuahuense el respeto irrestricto del principio constitucional de la división de poderes y una relación institucional con los gobiernos municipales.

Lo anterior, pare evitar que el Congreso repita el denigrante papel asumido en años pasados de ser la ‘Oficialía de Partes’ del Gobierno del Estado; o que su Presidente se convierta en el ‘edecán legislativo’ del gobernador en turno. Y jamás repetir el antecedente de que los coordinadores de los grupos parlamentarios formaban parte de la MD y de la JUCOPO. 

Recordemos que por tal motivo, se reformó la Constitución Local para incrustar la prohibición absoluta de que el presidente de la MD sea “un diputado que pertenezca al grupo parlamentario que presida la Junta de Coordinación Política”. La prohibición constitucional se hizo extensiva para evitar que los coordinadores de los grupos parlamentarios presidan, simultáneamente, la MD y la JUCOPO.

En cuanto a la rotación anual de la presidencia de la JUCOPO, también debe modificarse la regla constitucional, en sentido inverso, en los términos siguientes:

“La JUCOPO será presidida, el primer año, por un diputado del grupo parlamentario que sea la segunda fuerza política; el segundo año, por un diputado del grupo parlamentario que sea la tercera fuerza política; y el tercer año, por un diputado del grupo parlamentario que sea la primera fuerza política”.

Ya basta de confrontaciones políticas estériles en el seno del Congreso, que solo fomentan el tortuguismo legislativo.

Gerardo Cortinas Murra

Abogado, analista político especializado en temas electorales y legislativos