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Revocación, fallo legal
Sin Retorno

Revocación, fallo legal 16 de mayo de 2019

Luis Javier Valero Flores

Chihuahua, Chih.

Tarde le llegó a la sociedad chihuahuense la Ley de Participación Ciudadana, que permite, entre otras cosas, soñar con que se puede revocar el mandato de los funcionarios públicos.

Si al entonces gobernador César Duarte, hubiera pensado, ante la posibilidad, de que por puritita casualidad, su partido y su candidato perdieran las elecciones del 2016, y ocurrírsele impulsar y aprobar esta ley de participación ciudadana, a fin de que su sucesor tuviese, ya, la espada de Damocles consistente en que, reunidas la solicitud de 135 mil ciudadanos, se podría acudir a una votación a fin de dar por terminado, de manera anticipada, el gobierno de Javier Corral.

Pero al gobernador Duarte no se le ocurrió tan maquiavélico plan y a los consejeros ciudadanos del Instituto Estatal Electoral (IEE) no les quedó más remedio que aplicar la ley y basarse en que no puede haber retroactividad en la aplicación de un nuevo mandamiento legal, como lo es la Ley de Participación Ciudadana, aprobada apenas en abril del año anterior.

El órgano electoral decidió basarse en esa interpretación y no por la de que los períodos constitucionales, para los que fueron elegidos los funcionarios públicos de elección popular, no pueden modificarse, bajo ninguna circunstancia, y que los nuevos ordenamientos legales que los modifiquen sólo se podrán aplicar a los emanados del siguiente proceso electoral, que ya hubiese sido convocado con la precisión exigida por el texto constitucional.

Hacerlo de esta manera es hacer prevalecer el mayor mandato ciudadano que es el emitido en las urnas.

Para la elección de gobernador en julio del 2016, los chihuahuenses fuimos convocados a elegir a un ciudadano que ejercería ese cargo del 1o. de octubre del 2016 al 7 de septiembre de 2021 y nada, fuera de lo establecido previamente en la Constitución de Chihuahua y la General de la República, podía modificarlo.

En cambio, los Consejeros del IEE decidieron decretar, para desechar la propuesta de Oscar Humberto González Aguirre, que era improcedente “toda vez que afectaría el derecho fundamental de seguridad jurídica del ciudadano que actualmente ocupa ese cargo”, es decir, que les pareció más adecuado preservar el derecho individual de Javier Corral, antes que el criterio expuesto líneas arriba por el escribiente, pues arguyeron que el “artículo 14 de la Constitución Federal… consagra como un derecho humano el que una ley no puede ser aplicada de manera retroactiva en perjuicio de una persona”.

Esta interpretación tiene una explicación.

Hicieron prevalecer el hecho de que “votar y ser votado y permanecer en el cargo por el periodo correspondiente es un derecho humano”, para basarse en lo establecido en la Ley de Participación de que no “no se puede someter a consulta, a través de un instrumento de participación política, los actos que atenten o vulneren los derechos humanos”, como si lo que estuviera en juego se pudiera circunscribir exclusivamente al ámbito de los derechos humanos del funcionario en cuestión.

Más aún, se basaron en la interpretación de que la revocación de mandato era una especie de sanción, o de castigo para el funcionario y no, como lo es, el derecho de la sociedad para evaluar el desempeño del gobernante y llegado el caso, si lo considera no adecuado, dar por terminado su trabajo, que de ninguna manera es una sanción, como el hecho de ser elegido no es, tampoco, un premio.

Otra es la situación en el caso de que algún ciudadano, o alguna institución o dependencia encontrara motivos para sospechar de la comisión de algún delito por el funcionario; ahí sí, en caso de encontrar evidencia suficiente, aplicar las sanciones correspondientes.

Pero en cualquiera de las interpretaciones la consecuencia es la misma, no se puede aplicar una nueva norma de manera retroactiva.

Además, la discusión de este asunto formará parte de la discusión nacional. Si el presidente López Obrador insiste en poner a votación la revocación de su mandato, que ya le han llamado “refrendo”, pues uno de los argumentos aquí esgrimidos serán de los centrales en la discusión.

Por lo pronto, a pesar de todos los vendavales en su contra, el gobernador Corral libró el de la revocación del mandato, pero no se librará del juicio popular, que en eso se convertirá la elección del 2021, del mismo modo que la del 2016.

En la próxima, como en la pasada, lo que más evaluó el ciudadano, al momento de votar, fue la gestión del gobernador.

Duarte salió reprobadísmo y Javier Corral va que vuela para igualarlo.

[email protected]; Blog: luisjaviervalero.blogspot.com; Twitter: /LJValeroF

Luis Javier Valero Flores

Director General de Aserto. Columnista de El Diario