Chihuahua, Chih.
La semana pasada, el Senado de la República aprobó la adecuación legal del mandato constitucional por la que se amplían los delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa. Par tal efecto, fueron reformados varios ordenamientos legales, entre los cuales destacan los siguientes:
El Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, el Código Penal Federal y la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.
En la presentación del dictamen, la presidenta de la Segunda Comisión de Estudios Legislativos, Senadora Ana Lilia Rivera, invitó a los colegisladores de las distintas fracciones parlamentarias a poner el “torniquete a la herida que sangra diario por la impunidad y la corrupción, sobre todo en el sistema de impartición de justicia… (porque) no castigar los delitos, es en sí un delito”.
En lo relativo a los delitos electorales, se precisan las siguientes consideraciones: “Se plantea adicionar un párrafo segundo al art. 6 de la Ley General en materia de Delitos electorales, a efecto de establecer en dicho dispositivo la procedencia de la prisión preventiva oficiosa respecto a los delitos que guardan relación con el uso de programas sociales con fines electorales”.
“Así, se incluyen las conductas consistentes en amenazar con suspender los beneficios de programas sociales, ya sea por participar en eventos proselitistas, o bien, para la emisión del sufragio en favor de un candidato o partido político; o la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de candidato o partido político”.
“De igual manera, se contemplan las conductas consistentes en condicionar el cumplimiento de programas sociales a la emisión del sufragio en favor de un precandidato, candidato o partido político; a la abstención del derecho del voto al compromiso de no votar a favor de un precandidato, candidato o partido político”.
“También a quien destine, utilice o permita la utilización de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, candidato, partido político o agrupación política”.
En el dictamen se precisa que “las conductas delictivas (que ameritan prisión preventiva oficiosa) se contemplan únicamente cuando la contraprestación sea condicionada al acceso de recursos que ofrecen los programas sociales, para satisfacer fines electorales”.
Al respecto, la senadora del PRI, Claudia Edith Anaya, señaló “que a la fecha hay más de 30 tipos penales en el catálogo de prisión preventiva oficiosa, sin embargo, algunos no tienen necesidad real de estar en esa lista, como los delitos editoriales… esta reforma abona a que se cometan más violaciones a los derechos humanos de los acusados”.
A su vez, la senadora del PAN, Indira de Jesús Rosales, advirtió que esta reforma podría servir de “herramienta electoral” para el actual gobierno. “Esto puede llevar a que un régimen autoritario utilice este tipo de instrumentos legales para amenazar, intimidar o desprestigiar a cualquiera que considere parte de la oposición política o adversarios del partido oficial, debilitando preocupantemente a la democracia”.
Por su parte, el senador sin Partido, Emilio Álvarez Icaza, solicitó que el dictamen se devolviera a comisiones “debido a que se violan derechos humanos, en particular de presunción de inocencia, debido proceso y el derecho personal a la libertad; y porque no hubo parlamento abierto”.
Álvarez Icaza fue puntual al afirmar que “creer que el aumento de la pena disminuye el delito, es el error que se ha cometido en años anteriores… (porque) la reforma al artículo 19 constitucional fue un error”.
Yo me pregunto: ¿A cuántos funcionarios públicos y/o funcionarios electorales les dictarán prisión preventiva oficiosa en los comicios del 2021?