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Nunca más presas por abortar

Nunca más presas por abortar 18 de septiembre de 2021

Mariela Castro Flores

Chihuahua, Chih.

“Este no es un mérito de la Suprema Corte…es de las que por años han luchado por sus derechos, por las que ya no están, por esta marea verde de niñas, de chicas, jóvenes, que todos los días salen a gritar que se respeten sus derechos sexuales y reproductivos y es también un homenaje a todas las mujeres que han muerto en abortos clandestinos y a todas las que tuvieron que soportar prisiones injustas y a las que hoy aún se encuentran en una cárcel por haber ejercido sus derechos…”

 Ministro Arturo Zaldívar, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal.

En últimos días ha sido vertiginoso el avance en materia de reconocimiento de derechos humanos de las mujeres y las niñas por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que con cuatro sendos fallos, emparejó la discusión con el reconocimiento formal que se venía adeudando al menos una década y que hoy ya se encuentra acorde a tratados y convenios internacionales; la Corte de carácter progresista ha fallado para dejar atrás resabios de antagonismos conservaduristas que no permitían dignidad ni capacidad de agenda alguna a las mujeres para tomar decisiones sobre su cuerpo, proyecto de vida y maternidad. 

Los fallos de avanzada son la resolución al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Procuraduría General de la República para el estado de Coahuila que determina que es inconstitucional criminalizar a las mujeres por abortar; por el estado de Sinaloa declaró inconstitucional la “protección de la vida” desde el momento de la concepción. En medio de un robusto debate en el que se puso sobre la mesa que la propuesta carecía de perspectiva de género e interseccionalidad al no reconocer que somos las mujeres y personas gestantes, personas de orientación sexual diversa y personas con menos recursos las que más padecen los impactos del ejercicio de la objeción de conciencia, se validó la objeción de conciencia médica, pero con límites y eso hay que mencionarlo mucho y enfatizarlo, porque pareciera que lo que se validó es una licencia para faltar a las obligaciones que como personal médico se tienen por pertenecer al servicio público que es garante de derechos.

Por último, el fallo final de esta oleada de discusiones pertinentes y necesarias frente al avance a un contexto de derechización, es el del reconocimiento de las licencias de paternidad con las que se busca terminar con el estereotipo de la mujer cuidadora y única responsable de esta labor, abonar a reducir la discriminación laboral que pondera a los hombres sobre las mujeres en términos de trabajo remunerado y eventualmente abatir la brecha salarial e integrar a los padres a las labores de cuidado y crianza, de la que históricamente y de modo tradicional han estado ausentes.

En materia de defensa y reconocimiento de derechos sexuales y reproductivos, los fallos emblemáticos son principalmente dos: el de dejar de criminalizar mujeres que abortan porque penalizar el aborto es inconstitucional, es violencia y el acceso no puede ser un delito a la par que es un derecho; y, por otro lado, es el señalamiento directo a los Congresos estatales: ¡dejen de legislar sobre asuntos en los cuales no tienen competencia! Porque “proteger” la vida desde el momento de la “concepción” (termino religioso en leyes que provienen de un estado laico) se coloca en el supuesto de dar derechos a una mórula, cigoto, feto, por sobre los derechos de la mujer que le alberga, reduciendo a las mujeres a la calidad de un mero recipiente.

El tema es que las leyes con este fin, que congresos conservadores se empeñaban en impulsar eran perfectamente inútiles; para fines prácticos no tenían ninguna aplicación ya que, los instrumentos para accesar a un aborto seguro en los servicios públicos de salud estaban ahí a través de la NOM046 y se refrendaban como un derecho a través del NOM047 para las niñas y las adolescentes en caso de violencia sexual; sin embargo, en lo simbólico si tenían efecto: mantener insertados miedos para cosechar culpas.

Porque ese era el principal miedo de las mujeres que pretendían acceder a un aborto: que las descubrieran y las metieran a la cárcel. Sin esa amenaza vigente, ya no hay modo de seguir manipulando la voluntad de las mujeres. De ahí que sea tan poderoso el fallo de la Corte, porque no debería haber Congreso que insista en lo imposible, ya que por ser parte de una federación es imposible e impensable que nos sustraigamos de las consideraciones de la Corte, que tengamos nuestras propias autoridades o nuestras propias leyes, ya que nada ni nadie esta por encima de la Corte ni puede hacer que la Corte “reconsidere”, porque vivimos en un estado de derecho que además, es laico y no puede hacer prevalecer la moral y creencias de un sector aunque sea amplio, sobre todo el resto de las personas, ya que para eso, lo que prevalece es la ley para asegurar consensos de convivencia social.

Al margen de que aún se requiere la armonización del fallo para sacar el delito de aborto del código de procedimientos penales del estado, vía el amparo se puede evadir la acción penal porque nuevamente: abortar es un derecho y la Corte lo reconoce así.

Dicho sea de paso: que sea un derecho no quiere decir que alguna esté obligada a abortar, si no es su convicción abortar o jamás se decantaría por una decisión de esa naturaleza, está bien. También es su derecho, pero no es su derecho tratar de influir desde su moral -religiosa- sobre la voluntad del resto de las personas.

Gran paso por el reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y las niñas, un gran adelanto también en reconocer que las mujeres somos personas, tenemos derechos y los podemos ejercer con toda dignidad.

MI cuerpo, mi decisión.

@MarieLouSalomé

 

Mariela Castro Flores

Politóloga y analista política especialistas en género y derechos humanos.