Chihuahua, Chih.
Para la catedrática de la UNAM, María Elena Mansilla y Mejía, “el fraude a la ley consiste en burlar la aplicación de una norma desfavorable y buscar y obtener que sea otra disposición favorable la que se aplique… En otras palabras, el fraude a la ley consiste en la conducta totalmente voluntaria realizada con el exclusivo fin de obtener un fin ilícito a través de un medio lícito.
A su vez, la Sala Superior del TEPJF ha establecido que “en cada caso se deben analizar las circunstancias particulares para determinar si existe auténtico ejercicio del derecho a informar o simulación que implique un fraude a la ley, por tratarse de propaganda encubierta”.
Por su parte, la SCJN ha adoptado el siguiente criterio jurisprudencial: “La figura del fraude a la ley consiste en respetar la letra violando el espíritu de la ley... Dicho en otros términos: fraude a la ley es frustrar sus propósitos, es violar o eludir el espíritu que la anima y llevar a un resultado contrario al deseado, con el pretexto de respetar su letra; en cuya situación se está finalmente en contra de la ley, al ser esa aplicación literal contraria a la intención del legislador”.
En el actual proceso electoral local (y al igual que en todo el país) MORENA ha cometido un sinnúmero de fraudes a la Ley Electoral, al simular procedimientos de selección de candidatos que resultan ser no solo extemporáneos, sino además, violatorios e los derechos de sus militantes. Acreditémoslo:
El Consejo General del INE ‘ajustó’ la fecha de término de las precampañas al día 31 de enero del 2021, para que en el período de intercampaña tuviese el tiempo suficiente para revisar los gastos de todos y cada uno de los precandidatos.
En el caso de MORENA, sus procedimientos selectivos internos (de diputados locales y ayuntamientos) se prolongó, inclusive, hasta el plazo establecido para registrar candidatos (del 8 al 18 de marzo). Lo cual acredita la extemporaneidad e ilegalidad de las designaciones de los candidatos morenos.
Por desgracia, el TEE (Tribunal ‘Vaselino’) ha encubierto los cientos de fraudes a la ley cometidos por MORENA, al determinar la improcedencia de los juicios ciudadanos promovidos por los militantes afectados, so pretexto de que:
“la atribución de verificación en los casos de registro supletorio, no llega al extremo de hacer una inspección que constituya realizar una revisión del proceso de selección interno de las candidaturas, pues ésta es obligación y le compete al instituto político, por ser parte de su autodeterminación y autoorganización”.
“…resulta inexacto que la Asamblea Municipal, tuviera la obligación de corroborar que el registro que realizó el partido Morena, cumpliera con los requisitos que dispone la normatividad interna de dicho partido, dado que, si bien es una obligación legal de la autoridad electoral administrativa, la de verificar que las solicitudes de registro de las candidaturas que presenten los partidos políticos cumplan con las exigencias de ley…”
“…también lo es que tal verificación no debe entenderse como una potestad legal que constriña a la autoridad administrativa electoral a corroborar la veracidad o certeza del cumplimiento de la normatividad intrapartidista, ni la validez de los actos internos del partido que sustente la postulación de candidatos”.
Yo me pregunto: Entonces, ¿Quién diablos va a investigar los miles de fraudes a la ley cometidos por MORENA?