Chihuahua, Chih
Uno de los nuevos principios en materia laboral es el derecho a la libertad sindical que consiste en el derecho del trabajador y del empresario de sindicarse o no sindicarse; y en caso afirmativo, de poder escoger entre uno y otro sindicato; además, incluye el derecho a no ser discriminado o amenazado con ser despedido por la decisión del trabajador de afiliarse a un sindicato, o por sus actividades sindicales pasadas o actuales.
En México, las reformas a la Ley Federal de Trabajo del 2012, aumentaron la protección al derecho de los trabajadores a la libertad de asociación, en la que se establece que para elegir a las directivas sindicales los estatutos del sindicato deben establecer que el voto es secreto; así como también, la obligación de hacer públicos los registros sindicales, los reglamentos interiores de trabajo y los contratos colectivos de trabajo de todo sindicato en México.
Para el catedrático de la UNAM, José Manuel Lastra, “el principio de la pluralidad sindical es el corolario de la libertad de constitución de los sindicatos, lo cual significa que los individuos son libres de constituir varios sindicatos para una misma actividad profesional. Es el privilegio de escoger o elegir entre diferentes sindicatos, optando por aquel que mejor se ajuste a sus ideas y pretensiones”.
Recordemos que por décadas, el llamado sindicalismo ‘charro’ se identificaba con los líderes sindicales que, “en lugar de buscar el beneficio de sus compañeros trabajadores, obedecía a los intereses de la empresa o de las autoridades gubernamentales”.
Para Rubén Marín, “se llama charros sindicales a los dirigentes de las organizaciones de los trabajadores que trabajan para el Gobierno, su partido en turno y para los patrones y cuyos sindicatos no tienen asambleas, no funcionan de manera democrática y que, en definitiva, no representan a los trabajadores sino que funcionan como correas de transmisión y control de los obreros”.
Sin embargo, la tarea del nuevo sindicalismo no es nada fácil: su gran reto es erradicar el sindicalismo ‘charro’, aquel que surgió más como medio de control de la clase trabajadora que como un mecanismo de protección y mejoramiento de sus condiciones laborales, sin que existiera, ni por error, la más mínima muestra de democracia sindical.
En el ámbito estatal, las empresas afiliadas a INDEX representan el 85% del total del empleo generado por el sector manufacturero de exportación en el Estado. Motivo por el cual, las ‘maquiladoras’ afiliadas deben asumir el compromiso de no entorpecer la creación de nuevos sindicatos independientes; ya que mediante éstos, será posible crear una nueva generación de trabajadores responsables y comprometidos con el crecimiento de la empresa que lo contrata.
Es de suma importancia que a los empresarios e inversionistas (Index no es la excepción) les quede claro que el ejercicio de la libertad sindical y de contratación colectiva de los trabajadores no está a su arbitrio.
Y que lo mejor que pueden hacer, es prepararse para que sus afiliados reconozcan a los nuevos sindicatos “no charros” como sus aliados “para trabajar en esta nueva realidad laboral y no pretender evitar -a toda costa- que sus trabajadores hagan uso de esta libertad, lo cual en sentido estricto podría jugarles en contra”.
Para las grandes organizaciones sindicales nacionales, el estado de Chihuahua es una entidad que puede considerarse una panacea, ya que no existen sindicatos activos en casi el 90% de la industria maquiladora; ya que muchas de ellas, por no decir que la mayoría -sobre todo en Ciudad Juárez-, tienen contratos de protección.
Lo cual resulta una gran oportunidad para el crecimiento del nuevo sindicalismo.
Lo anterior, ya que una vez que concluya el plazo para la legitimación de los contratos colectivos de trabajo, será la oportunidad para crear un sinnúmero de sindicatos independientes, dada la cantidad considerable de empresas que no habrán de cumplir con este requisito.