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Jueza Federal inepta

Jueza Federal inepta 15 de abril de 2019

Gerardo Cortinas Murra

Chihuahua, Chih.



Quien no recuerda la frase que reza “por eso estamos como estamos y por eso nunca progresamos…” Esta frase, en el ámbito de la impartición de la justicia federal es un reproche cotidiano de los litigantes ante el cúmulo de sentencias incongruentes que, la mayoría de las veces, por consigna política, son dictadas tanto por magistrados como jueces federales.

Cotidianamente se aplican criterios de jurisprudencia que nada tienen que ver con el caso concreto; como acontece en dos sentencias dictadas por la Jueza del Décimo Juzgado de Distrito, Matilde del Carmen González Barbosa, en los juicios de amparo promovidos en contra de la designación e integración de la Comisión Jurisdiccional del Congreso local (CJ).

En el primer amparo, en contra de la impúdica omisión de la JUCOPO para designar a los integrantes de la CJ, esta jueza federal aplica diversos criterios de jurisprudencia ajenos al reclamo del quejoso; entre ellos el siguiente:

“la acción constitucional resulta improcedente, en virtud de que se reclama un acto eminentemente político que no puede impugnarse en el juicio de amparo, toda vez que el Poder Constituyente facultó al órgano legislativo para resolver soberana y discrecionalmente si ha lugar o no a inhabilitar para desempeñar funciones, empleos o cargos a determinado funcionario público con motivo de la incoación y resolución de un juicio político”.

Citemos otra absurda argumentación aplicada: “se advierte que el juicio de amparo resulta improcedente contra actos, omisiones o resoluciones provenientes de un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio, cuando los reclamados no tengan una ejecución de imposible reparación”.

Yo me pregunto: ¿cuál procedimiento? ¿Cuál inhabilitación? ¿Acaso no se da cuenta de que se reclama la conformación del órgano jurisdiccional interno del Congreso local?

En el otro juicio de garantías, en contra del decreto legislativo en el que se designa a los diputados que habrán de integrar la CJ, se desecha la demanda de amparo por ser “manifiesta e indudable” la causal de improcedencia que se hace valer, con sustento a las siguiente afirmación dogmática:

“dicho decreto constituye un acto emitido en ejercicio de las facultades soberanas y discrecionales que sobre el tema concede la Constitución Federal y la Constitución Local, por tanto es evidente que en contra de dicha determinación, por tratarse de una resolución del Pleno de la Legislatura del Estado, en juicio político, la acción de amparo que se intenta es improcedente”.

Me vuelvo a preguntar: ¿a cuál juicio político se refiere? ¿Acaso no es obvio que el trámite de los juicios políticos son posteriores a la designación de los integrantes de la CJ?

Usted amable lector, sin ser un jurisconsulto podrá deducir, al igual que yo, que esta juzgadora federal pretende otorgarle una ‘patente de impunidad’ al inútil de Javier Corral. Así las cosas, resulta predecible que los juicios políticos promovidos en contra del gobernador, sean desechados por la CJ.

Así las cosas, tomando en cuenta los burdos precedentes judiciales citados, avizoro que en la próxima semana los juicios políticos serán desechados. Lo anterior, con sustento al proteccionismo judicial, que ha prevalecido durante décadas, para encubrir la corrupción judicial a través de absurdos criterios jurisprudenciales, como el siguiente:

“el denunciante de un juicio político, aun cuando estime que la conducta de los servidores públicos denunciados afectó sus intereses particulares, carece de interés jurídico para impugnar mediante el juicio de amparo las decisiones que emite el Congreso, que declaran improcedente la incoación del procedimiento de juicio político…”

Lo dicho: el sistema judicial es el principal encubridor de los actos de corrupción oficial. Algo así, como “denuncias y vas…” ¿Acaso no es el ciudadano la persona con mayor legitimación para velar por el estricto cumplimiento de la ley, y para denunciar los actos de corrupción oficial?