Chihuahua, Chih
En el Acuerdo emitido, la semana pasada, por la consejera presidenta del IEE, Yanko Durán, “por el cual se dictan medidas cautelares solicitadas por la representante del PAN ante el Consejo de este Instituto… (dada) la posible comisión de violencia política de género (VPG) en contra de Maru Campos…”.
Los hechos denunciados se atribuyen al (sic) Juan Carlos Loera, por las manifestaciones vertidas el 14 de junio, en una entrevista radiofónica en la que se le pidió su opinión respecto de “diversas declaraciones emitidas por la víctima”; y cuya respuesta fue la de citar el refrán popular “la zorra nunca se ve su cola”.
En el Acuerdo, se dice que para la denunciante, “esas expresiones injurian, denigran y descalifican a la víctima y afectan el ejercicio de sus funciones políticas con base en estereotipos de género y con el objetivo de menoscabar su imagen pública, limitar sus derechos políticos y los de las mujeres que en su colectividad de chihuahuenses se ven representadas por la servidora pública”.
En el Acuerdo se transcribe lo dicho por Juan Carlos Loera que, en el caso concreto, son expresiones que tienen el carácter de simbólicas: “hay un refrán popular, que dice aquí, este, la academia mexicana de la lengua, hay un refrán popular que prueba una sentencia declarativa, no solo expresa lo que enuncia, sino lo que significa, paremiológicamente que los defectos propios están ocultos a nuestra vista y ese refrán es: la zorra nunca se ve su cola” y “bueno pues este refrán popular, este, le queda muy bien y no lo estoy personalizando”.
De tales expresiones, Yanko asume que “esta autoridad advierte que las expresiones denunciadas, desde un juicio de plausibilidad (¿?), tendrían por objeto menoscabar o anular el reconocimiento en el ejercicio del cargo al que fue electa la víctima en pleno uso de sus derechos políticos y electorales”.
“Además esos pronunciamientos públicos pudieran afectar la carrera y proyección política en caso de que la víctima decidiera continuar participando de la vida política después de concluido su cargo público”.
“Expresiones que demeritan y limitan el reconocimiento de la víctima, adicionado al hecho de que mediante elementos simbólicos se busca menoscabarla utilizando expresiones que contienen la palabra (ZORRA) cuyos significados pueden hacer referencia a una persona que afecta simpleza por no trabajar y hacer tardada y pesadamente las cosas o para referirse a ésta como una prostituta…”.
Tales expresiones, “aun cuando pudieran parecer espontáneas por realizarse en el marco de una entrevista, colocan a la víctima en un plano de desventaja relacionado con el desequilibrio histórico en la igualdad de oportunidades, lo que conlleva a determinar que son cuestiones que afectan a las mujeres de forma diferente o en mayor proporción que a los hombres, revistiendo en ellas un impacto diferenciado por el hecho de ser mujer”.
Por lo anterior, Yanko concluye que “se considera que las expresiones en estudio pudieran representar manifestaciones basadas en perjuicios de género”.
A mi parecer, el Acuerdo es extremadamente ridículo y tendencioso, toda vez que se sustenta en consideraciones dogmáticas al ignorar que “el refrán es, por antonomasia, la paremia más representativa de la sabiduría popular”.
En efecto, el significado del refrán popular “la zorra nunca se ve su cola” es totalmente ajeno al calificativo despectivo del nombre femenino “zorra”.
El primero, por ser refrán, “no solo expresa lo que enuncia sino que significa que los defectos propios están ocultos a nuestra vista”. En cambio, la palabra aislada “zorra” en su sentido despectivo -en México- hace referencia a una mujer dedicada a la prostitución de su cuerpo.
Sin duda alguna, el Acuerdo en comento es, no solo una muestra de la parcialidad de la flamante consejera presidente del IEE; sino además, un mal augurio de la tendenciosa parcialidad con la que habrá de actuar el Consejo Estatal del IEE en los comicios locales del 2024.