Estigmatizando avances sociales

Estigmatizando avances sociales 2 de marzo de 2017

Mariela Castro Flores

Tremenda alharaca se armó con la reforma en el Registro Civil que consiste en modificar los términos “padre” y “madre” por filiación; concepto por el cual se entiende una relación consanguínea o por acto jurídico en el caso de adopciones o reconocimientos de paternidad.

Como todo acto que reforma una norma social que por derecho natural se convierte en acto jurídico, este no ha sido la excepción. Para ello se acudió –para no variar- a la estigmatización promoviendo argumentos de poco peso -jurídico y social- para encontrar eco solo en voces conservadoras que carecen de una perspectiva amplia, una que sea incluyente y que posea una visión instalada en los derechos humanos porque según pareciera el demonio de la perversidad, la anarquía, corrupción y la degeneración se esconde en documentos y no en los peores vicios de la sociedad ni en quien la conforma.

La autoridad, en voz de Inés Aurora Martínez Bernal, titular del Registro Civil ha declarado que el término “padre” y “madre” sigue existiendo en los registros así como el de las y los abuelos y testigos a pesar de no aparecer en el acta; que el formato es único a nivel nacional por un convenio que el gobierno anterior suscribió ante el Registro Nacional de Población y que se comenzó a implementar desde mayo del año pasado.

O sea que toda esta controversia obedece a una política pública en términos demográficos que tiene más de una década buscando implementarse y que no había sido posible primero por la inoperancia en los múltiples registros de filiación e identificación con los que contamos en el país. Porque mire usted, fíjese en su acta de nacimiento y note en la parte superior derecha un registro CRIP; esa es la Clave de Registro e Identidad Personal y sirvió como precedente al CURP (Clave Única de Registro de Población) y ambas siguen operativas.

Con fines de identificación en los últimos años hemos utilizado la clave de elector para múltiples tramites; se ha vuelto tan indispensable que la credencial expedida por el INE es casi el único documento válido además de nuestro pasaporte, aceptable para tramites de índole federal. Además, contamos con un RFC que es una clave que nos identifica como contribuyentes a las personas físicas o morales y controla el pago de nuestras obligaciones tributarias.

Cada uno requiere trámites distintos y tiene diversas funciones.

Pero sigamos haciendo memoria. El carácter eficientista del sexenio de Vicente Fox lo llevó a realizar los primeros intentos en 1997 de lo que sería la Clave Única de Identidad. Su justificación jurídica radicaba en la Ley General de Población y la pretensión era que con una clave única pudiéramos identificarnos, acceder a los servicios de seguridad social, pagáramos impuestos, utilizáramos banca electrónica, votáramos y promoviéramos trámites federales y estatales como la expedición de certificados académicos y cédulas profesionales. Fue hasta 2008 en el gobierno de Calderón cuando se argumentó que por “motivos de seguridad” se concretarían los intentos para evitar delitos como la trata de personas y el secuestro.

Las principales objeciones vinieron del entonces Instituto Federal Electoral y del Partido Revolucionario Institucional que empujaron una modificación legislativa para que dicha clave fuera únicamente para menores de edad; para fines prácticos, el intento se frustró por no servir para prácticamente nada y los elevados costos que implicaría.

En varios países europeos y Argentina, al nacer se integra un registro único federal de identidad que permite acceder a los servicios sociales, agilizar trámites a la población mediante la identificación eficiente, acceder a trámites mediante la identificación electrónica, evitar duplicidad en beneficios sociales, combatir delitos como el fraude y robos de identidad, identificar y mantener el registro actualizado de sentenciados en los centros de readaptación social entre otros.

Seguimos sin contar con algo que para fines de identificación y eficiencia administrativa pueda servir para reducir significativamente trámites burocráticos y la modificación en las actas de nacimiento son un primer paso.

Como toda decisión u acción de gobierno para la implementación de cualquier política pública en el país debe contar con una perspectiva de derechos humanos, la norma que ahora se implementa en los registros civiles del país (incluido nuestro estado) ha permitido que se acorte la brecha que permitía la discriminación a la que son sujetos hijos e hijas de mujeres que no registraban progenitor, además de ahora brindar protección jurídica a quien filialmente forme familia no tradicional. Quien protesta lo contario quizá deba explicar por qué está de acuerdo con la estigmatización que aún perdura sobre las personas que solo tienen madre formalmente y que perpetuaba el Estado al no realizar las acciones con las que ahora se reivindica.

Una de los argumentos más irracionales vertidos por quien se manifiesta en contra de la medida es que se está “afectando a la identidad de la persona al quitarle el derecho a su madre y a su padre, incluso a sus abuelos” y me pregunto:

¿Qué acaso no tenemos toda una vida para hacernos presentes -como madres, padres y abuelos-, ante nuestros hijos e hijas?

La identidad no la da ni la conforman documentos, nos la da la familia y nuestro entorno, la educación a la podemos acceder y personalmente, soy una plena convencida de que nuestros hijos e hijas saben quién es su madre y padre y no porque lo diga un papel.



@MarieLouSalomé

marielacastroflores.blogspot.mx

Mariela Castro Flores

Politóloga y analista política especialistas en género y derechos humanos.