Chihuahua, Chih.
Nadie, en el mundo de la vida democrática pudiera oponerse a un aspecto esencial del desarrollo democrático de una nación, como el de imponer una regulación al gasto gubernamental en materia de publicidad oficial.
El problema es que la clase política mexicana no está en condiciones de arribar a, primero, a disminuir drásticamente esos presupuestos y, segundo, desistir del control sobre los medios de comunicación. Para resolver tales cuestionamientos tienen a la mano la fórmula ideal: Declaran, en leyes y normas, su absoluto respeto a los derechos de los mexicanos.
¡No te pago para que me pegues! Así le dijo el entonces presidente José López Portillo a su primo, Julio Sherer García, director de Proceso, al reclamar públicamente la línea editorial del semanario líder de la presa de América Latina.
Fue necesario que la Suprema Corte de Justicia le ordenara al Congreso de la Unión la emisión de una legislación al respecto, lo que obliga a todas las entidades a aprobar la respectiva en el ámbito local. El 9 de agosto es la fecha fatal para que Chihuahua apruebe la suya.
No podía ser de otra manera. En las cámaras, la mayoría gubernamental aprobó una legislación que, de inmediato, recibió el mote de “ley chayo”, por aquello de los embutes que se le otorgaban, encubiertos en el pasado, a la prensa oficialista.
Los dislates contenidos en la ley serán combatidos por medio de una acción de inconstitucionalidad promovida por 52 senadores de oposición, debido a que: “Vulnera de manera sustancial el derecho a la libertad de expresión al violar los principios internacionales en materia de publicidad oficial y los señalados en el artículo 134 constitucional; Incumple los criterios derivados de la exhortación de la SCJN; Vulnera el derecho fundamental de la libertad de imprenta; Viola el derecho de las audiencias y por las diversas violaciones al proceso legislativo que afectan la validez de la Ley”.
Más allá de lo resuelto en el ámbito federal, lo sorprendente es que el grupo gobernante, encabezado por un expresidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), incurra, en la iniciativa de ley enviada al Congreso del estado, en varios severos atentados a la libertad de expresión.
De entrada, al contrario de lo federal, en el que la regulación se denomina “Ley General de Comunicación Social”, porque intenta regular un concepto más general, que abarca el total del quehacer gubernamental en esta materia, la iniciativa del gobernador Javier Corral se denomina “Ley para la asignación de publicidad oficial del Estado de Chihuahua”, lo que tiene un sentido claramente restrictivo, para la fiscalización ciudadana y hasta gubernamental sobre el ejercicio del presupuesto en esta materia, ya que deja fuera de la normatividad propuesta el ejercicio en comunicación social.
Además de los engorrosos trámites que deberán cubrir los medios de comunicación para ser dados de alta en el padrón de medios, se creará, en cada dependencia una “Unidad para la asignación de Publicidad Oficial” y como apoyo a estas unidades, se propone la creación de un Consejo Consultivo para la Evaluación y Seguimiento de la Publicidad Oficial”, integrado por 5 personas.
Este organismo, en la práctica, será nombrado por la Coordinación de Comunicación Social, que “podrá” nombrar un “comité especial de evaluación”, es decir, no está obligada, que sea quien seleccione a los integrantes del Consejo.
Pero en ambos casos las propuestas de integración será facultad de Comunicación Social del gobierno estatal, ya que ésta “tomará en cuenta la opinión de los sujetos obligados” y de las instituciones académicas y organizaciones sociales “para recibir propuestas de candidatos…” del Consejo.
¿Quién depurará la lista de aspirantes, de la cual el Comité de Evaluación “podrá” seleccionar a los integrantes del Consejo, habida cuenta que los titulares de las dependencias harán las propuestas de los candidatos?
Pues la Coordinación de Comunicación Social.
Pura simulación, casi calcada del mecanismo con el que aprobaron al Comité Anticorrupción.
Acá es peor porque lo elevan a grado de una ley en materia de publicidad gubernamental, en la que desapareció el concepto de comunicación social, que debió haberse privilegiado a la hora de proponer un mecanismo regulatorio del gasto, no sólo en publicidad oficial, sino de la comunicación gubernamental, ya que la norma propuesta deja vivos y sin ningún control aspectos como el de la intención de contar con una cadena de estaciones de radio y televisión y, por supuesto, deja fuera, también, el gasto efectuado por la revista del gobierno del estado “Cambio 16”.
Además, excluye de ser considerada como publicidad oficial, los informes de los servidores públicos, “así como los mensajes que para darlos a conocer se difundan en los medios de comunicación social…”.
Además, se aseguran de tener reservado el 10% del total del presupuesto de comunicación social para “situaciones emergentes” que requieran “de un mensaje extraordinario”.
El gasto no deberá exceder del 0.5% del total del presupuesto del ente, pero le facultan para que puedan hacer ampliaciones o traspasos a ese gasto, que no deberá exceder otro 0.5%, lo que llevaría a todas las dependencias, en la práctica, a poder ejercer hasta el 1% del presupuesto en publicidad oficial, que en el caso del Gobierno estatal significaría, con números del 2018, un gasto de hasta 650 millones de pesos, presupuesto, en la práctica, muy semejante al ejercido en la mayor parte de los años del sexenio duartista.
Un aspecto, aparentemente, positivo, es el de que ningún medio podrá recibir más del 15% del presupuesto de publicidad oficial, o que un medio reciba más del 30% de la pauta total de una campaña en particular.
Eso lleva, otra vez, a plantearse que un medio podrá recibir hasta 48 millones y medio de publicidad oficial, o a acaparar el grueso del gasto de cualquier campaña publicitaria del gobierno estatal, lo que contribuirá fortalecer la monopolización de los medios de comunicación, pues por esa vía, por ejemplo, Televisa, Tv Azteca, junto con, ahora también, el Canal 28, el favorito del sexenio, a acaparar casi la mitad del presupuesto del gasto en publicidad oficial.
El conflicto de interés de los servidores públicos, “que tengan interés en la asignación y contratación de publicidad”, por estar ligados a las empresas de los medios de comunicación, lo resuelven de la manera más fácil con la simple emisión de declaratoria de “intereses, la cual será pública y se incluirá en el Padrón Estatal (de medios)”, lo que contraviene claramente la ley que establece la prohibición de los funcionarios públicos a celebrar contratos de prestación de servicios al gobierno.
Sin dejar de lado la increíble violación a la libertad de expresión pues se erigirán en el ente que determine la no contratación de publicidad en los medios que “vulneren los derechos humanos de las personas….”, al momento de publicar informaciones que el gobierno suponga atentan contra los derechos humanos de los involucrados.
Es decir, se erige en el gran censor.
Lo mismo ocurre en el artículo 26, que prohibirá la publicidad gubernamental a los medios que difundan “propaganda del crimen organizado, o de grupos terroristas”, incluida, por ejemplo, la publicación de las “narcomantas” como si tal información formara parte de la política de publicidad de los grupos del crimen organizada y coartando el derecho, a los medios, de decidir sobre su política editorial.
Estos aspectos ya tuvieron su materialización semanas atrás cuando la entonces directora de El Diario de Juárez, Rocío Gallegos, fue acusada de hacer una apología del delito y del crimen organizado debido a que decidió la publicación de un video dado a conocer por el crimen organizado.
Luego, tratan de erigir al gobierno, y al Consejo, en los grandes censores al exigir que cuenten, los medios, con un código de ética, un defensor de las audiencias y un mecanismo del derecho de réplica, lo que ya está regulado en la respectiva legislación; o que deberán destinar un 20% de los ingresos en la capacitación de su personal, así como en el los salarios y prestaciones, lo que está claramente especificado en diversas regulaciones y que, además, es violatorio de los derechos de las empresas y/o propietarios de los medios.
Todo el artículo 34, lleva a la desaparición de los medios de comunicación alternos debido al cúmulo de requisitos exigidos en la ley.
Peor aún, el Consejo se erigirá en un ente más de la burocracia estatal, encargado de la fiscalización de las acciones y recomendaciones realizadas por la Auditoría Superior del Estado, pero que no tendrá facultades para fiscalizar la orientación del gasto en publicidad, ni de la comunicación social.
Así, por ejemplo, podrán, los chihuahuenses, seguir recibiendo boletines de prensa que digan, como sucedió días atrás, que el gobernador del estado aseguró que ninguna escuela en la entidad sufre de falta de agua, o de aparatos de aire acondicionado y al día siguiente diversos funcionarios, de la misma administración estatal asentaron exactamente lo contrario.
Eso sí, puede recomendar la suspensión de la publicidad oficial “que viole las disposiciones establecidas en la ley”, lo que lo erigirá en el gran censor de la prensa de Chihuahua.
Gravísimo.
[email protected]; Blog: luisjaviervalero; Twitter: /LJValeroF; Facebook: Aserto