Chihuahua, Chih.
Cuando la problemática social con el correr de los años se hace añeja, para escribir un artículo periodístico y reseñar la gravedad actual que conlleva la indolencia gubernamental respecto a la deficiente prestación de un servicio público, como lo es el transporte público de pasajeros; resulta más que suficiente cambiar tan solo el año y el nombre del gobernador en turno.
Desde el año 2003, EL DIARIO ha publicado diversas colaboraciones editoriales, de mi autoría, en las que he denunciado las condiciones denigrantes de la prestación del servicio público de pasajeros; así como la abyecta tolerancia de los últimos tres exgobernadores; la cual se prolonga hasta el día de hoy.
A pesar de que el Congreso aprobó la iniciativa de ley presentada por Maru Campos para reformar la Ley de Transporte para “implementar acciones a fin de garantizar un servicio de transporte que esté en correspondencia con las necesidades de la población y la dignidad humana”; lo cierto es que esta reforma legal no garantiza, en forma alguna, que la prestación de este servicio público sea digno y decoroso para los miles de usuarios chihuahuenses.
En la exposición de motivos, la actual gobernadora refiere que esta reforma es parte del compromiso de la presente Administración “para lograr la imprescindible mejora de la calidad del transporte público en términos de servicio, seguridad, puntualidad y disponibilidad; la supervisión efectiva de las diferentes modalidades de transporte para garantizar la calidad y la seguridad de los usuarios”.
Por desgracia, los argumentos de Maru no dejan de ser más que frases huecas, propias de los discursos políticos, y que por ello, se equiparan a las ‘promesas del corazón´ de los candidatos a cargos de elección popular. Acreditémoslo:
En la Ley de Transporte de 1994 se establecía la antigüedad máxima de los camiones urbanos, en los términos siguientes: “Las unidades de transporte que se utilicen para el servicio colectivo de pasajeros serán de modelo no anterior a 10 años y los automóviles de alquiler (sitios) a siete años, de fabricación nacional o internados legalmente al país.”
El objeto de la reforma a la Ley de Transporte y a la Ley de Vialidad en el 2009, fue ‘adecuar’ estos dos ordenamientos legales “a las nuevas exigencias de vialidad”; y con ello, garantizar “la óptima operatividad del nuevo sistema de transporte público”, basado en la circulación de autobuses de tránsito rápido sobre carriles exclusivos (ViveBús).
Posteriormente, en el año 2013, el entonces gobernador César Duarte aprobó la ‘chatarrización’ de los camiones del ‘ViveBús’ al permitir el uso de los camiones hasta por 15 años, en los términos siguientes: “Las unidades de transporte que se utilicen para el servicio colectivo de pasajeros serán de modelo no anterior a diez años, quince para las rutas troncales...”
Sin embargo, la realidad es otra: en la mancha urbana de Cd. Juárez la prestación del servicio de transporte público de pasajeros se brinda con camiones ‘chatarras’ con más de 20 años de antigüedad; cuyas condiciones físicas constituyen no solo una diaria humillación, sino además, la cotidiana violación al derecho a la dignidad humana de los usuarios fronterizos.
En efecto, para los vecinos de esta ciudad fronteriza, resulta denigrante la necesidad de transportarse en camiones que no satisfacen el derecho humano a la movilidad de toda persona y de la colectividad, a través de unidades vehiculares modernas y seguras; y que, en especial, sean accesibles a personas con discapacidad sin costo adicional alguno.
Así las cosas, resulta evidente que al actual gobierno estatal no le interesa cumplir con su obligación de garantizar la calidad de este servicio público, verificando que los camiones urbanos cumplan con las “características físicas, de diseño, pintura, condiciones mecánicas y de carrocería, elementos de seguridad y demás aspectos materiales” que permitan brindar un servicio digno y decoroso.