Chihuahua, Chih.
¿Qué habrán querido decirle, o achacarle, los abogados del Congreso del Estado, al Consejero del Instituto Chihuahuense de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ichitaip), Rodolfo Leyva, en el documento del Recurso de Queja, presentado para oponerlo a la solicitud de amparo, promovido por Leyva en contra de la designación del sacerdote Javier Avila, como integrante de la Comisión de Atención a Víctimas, al denominarlo como “el último de los jacobinos”?
¿Habrán querido achacarle el mote más generalizado de este término, el de “comecuras”? ¿O acaso les “brotó” la vena derechista, que les adjudicó a los integrantes del Club de los Jacobinos la autoría de la época del terror en los albores de la Revolución Francesa?
¿O, también, la de oponerse a los idearios de este sector, el más radical de los revolucionarios franceses?
¿Y todo ello sólo por defender la estancia de un sacerdote en la función pública?
¿No estará en el fondo de la discusión, y de la defensa de ese nombramiento, el de la vieja concepción del panismo tradicional -y de la tradicional derecha, no sólo mexicana, sino mundial- de abrir las puertas del gobierno a las jerarquías eclesiásticas?
El “Pato” Avila no pertenece a ellas, su trabajo lo ha defendido de la marginación a la que lo llevarían sus concepciones políticas y sociales pues el reconocimiento es generalizado y la más elevada jerarquía eclesiástica no ve con simpatía el trabajo de clérigos como Avila.
Pero hoy están equivocados, Avila, Corral, el Secretario Jáuregui y la directiva del Congreso del Estado. Deben cambiar a sus asesores jurídicos pues los llevaron a la endeble situación jurídica-política de defender la justeza legal del nombramiento de Avila.
Al mismo sacerdote la presentación del amparo lo ha llevado a defender su postura de la peor manera argumentativa.
Independientemente de si los detractores de hoy -como denomina equivocadamente el sacerdote Avila al consejero Leyva- en el sexenio de Duarte defendieron la Constitución o “denunciaron las corruptelas" de ese sexenio, las omisiones o complicidades del pasado -de algunos de la sociedad, o toda ésta- no son el aval para violar la legalidad en el gobierno de Corral.
Pero al llamar a Rodolfo Leyva el “último de los jacobinos”, el Congreso del Estado incurre en más conductas punibles.
¿Qué quisieron decirle, que es un “terrorista”, es decir, un violento? ¿Que es un defensor a ultranza de la constitucionalidad de los actos de las autoridades? ¿O que es un “defensor exaltado de ideas revolucionarias y radicales”, según la definición de la Real Academia Española de la Lengua?
Pues si fue esto último, tremenda equivocación, ahora resulta que etiquetan de ese modo a quienes defienden, así estén equivocados (según las apreciaciones gubernamentales) la vigencia de la norma constitucional.
Desconocen los hechos. Los jacobinos fueron la parte más avanzada de la Revolución Francesa, cuyos errores y excesos -así como las disputas entre ellos, cuando gobernaban- los llevaron a la derrota total.
Si quisieron denostar a Leyva, pueden haberse equivocado pues los jacobinos fueron los herederos del modelo de democracia de Jean Jacques Rousseau, en su aspecto comunitarista, creador del concepto de ciudadano; impulsores de la idea que la soberanía reside en el pueblo y no en un dirigente o un cuerpo gobernante; que confiaban a medias en la viabilidad del sistema representativo en el cual los parlamentarios debían ser constantemente vigilados y coaccionados por el poder popular (organizaciones de corte jacobino como los clubes, las sociedades o las fuerzas armadas populares) para evitar desviaciones en un sentido contrario a la Revolución.
Eran, además, defensores del Estado como el preservador del bien común., de lo que se derivaba, como rasgo fundamental, la obediencia a la Constitución y a las leyes. De ahí nace un alto grado de patriotismo y la exaltación de la nación concebida como una unidad indivisible.
Trataban de poner en práctica los principios enumerados en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano por lo que en 1789, proclamaron las libertades civiles, la libertad de prensa y la libertad de conciencia, suprimieron la censura en 1791 y establecieron, por primera vez en la historia de Francia, el sufragio universal -sólo para los hombres- para las elecciones a la Convención Nacional de septiembre de 1792.
Por si fuera poco, fueron defensores a ultranza de la ¡escuela pública republicana!. En 1793 instauraron la obligatoriedad de la enseñanza primaria y en 1794 la abolición de la esclavitud.
Pequeñas cosas ¿A ese jacobinismo apelaron los abogados del Congreso?
¡Válgame!
¿Y la diputada Blanca Gámez no leyó el documento?
No, po’s así ¿Cómo?
De ahí la justeza de las declaraciones del Leyva al cuestionarlos por no responder con “argumentos jurídicos y no con calificativos en mi contra” pues, sostiene, “una autoridad no puede recurrir a los insultos a un ciudadano, menos cuando se le está haciendo un cuestionamiento jurídico que alude a violaciones constitucionales… una autoridad no puede ni debe recurrir a insultos como el que me lanzan, menos en un documento oficial que será revisado por un juez, eso acredita plenamente la comisión de un delito y de conductas irregulares de su parte”.
¿Tiene derecho el consejero Rodolfo Leyva en inconformarse, ante las instancias jurídicas pertinentes y con los recursos legales vigentes, por el nombramiento de Avila, por la inconstitucionalidad de ese nombramiento?
Tajantemente, sí.
¿Era necesario?
Otra vez, tajantemente, sí
¿Se necesitaba tener un pedigrí “opositor” para hacerlo en los tiempos del amanecer?
Obviamente, no.
Lo que ahora objeta Leyva es lo mismo que hicieron en su momento el senador Javier Corral y el activista Jaime García Chávez y algunos, muy pocos, que desde diferentes medios de comunicación, rechazaron; por supuesto, no entre ellos el ahora Comisionado Avila y sí varios destacados panistas, entre ellos el ahora Director de Administración de la Secretaría de Hacienda, Guillermo Luján y el ex regidor capitalino, Rodolfo Rojas.
A Corral le achacaron el mismo epíteto de “jacobino”, aunque no en un documento oficial, porque defendió leal y adecuadamente, casi con los mismos términos usados ahora por Leyva, “la Constitución y del Estado laico” para que se respete la división de la “Religión y Estado”.
La argumentación del Consejero Leyva es prácticamente inobjetable, pues, sostiene, al participar Avila en el ejercicio de un presupuesto se convierte en funcionario público, cosa prohibida por la legislación vigente, establecida en el artículo 130 de la Constitución Federal, que le prohibe a los ministros de culto el desempeño de cargos públicos.
Y Avila, en lugar de defender con argumentos jurídicos su nombramiento, tanto en declaraciones, como en comunicados oficiales de la Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos (Cosyddhac), despotrica contra los “sabios y peritos que en estos días han saltado a la palestra, cuando el prófugo de la justicia César Horacio Duarte Jáquez violentó de manera tan descarada y flagrante el ‘estado laical”.
Vamos, incurre en verdaderos episodios de soberbia pues en un escrito de su autoría, justamente cuando descalificaba a “Quienes aceptaron y callaron este hecho (la consagración de Chihuahua, por Duarte, al Sagrado Corazón de Jesús), quienes con su presencia lo avalaron, quienes bajaron la cabeza y aplaudieron, se convirtieron en cómplices de un delincuente. ¿Por qué razón no se rasgaron las vestiduras entonces? ¿A quién le tuvieron miedo? ¿Por qué callaron? “Veritas liberabit vos” (consulten Google por si no saben la traducción)”.
¡Vóytelas!
Es un exceso detenerse en las frases -y figuras- usadas por Avila para defenderse, llego al extremo de, al pretender ridiculizar el meollo de los argumentos de Leyva, decir que “Si mi sola presencia violentara el ‘estado laico’ no podría entonces entrar a ninguna oficina de gobierno, se me prohibiría hablar con las autoridades gubernamentales, las puertas del palacio de gobierno estarían cerradas para mí, no me podría sentar a la mesa con ningún funcionario público” (Sic).
Y se burla de una argumentación jurídica al escribir, sardónicamente “¡Cuidado con saludar a un cura porque se contamina su ‘pureza laical’!”.
Peor, a lo sostenido por el Congreso del Estado, Avila se pregunta que a quienes impugnaron su nombramiento, sin aludir al hecho de que es UNA SOLA PERSONA la que lo hizo, “¿De dónde les vendrán tantos traumas a estas personas que temen perder su ‘laicidad’? ¿Por qué no descaran más sus fobias?”. ¡Híjole!
Y al hacer un llamado a no crear divisiones, añade más agravios: “¿Cuándo seremos capaces de superar lo que nos separa para preocuparnos más unos por otros? Para esto se necesitan altos niveles de madurez e inteligencia, difíciles de encontrar entre muchos ‘dueños’ de la ley…”.
O sea, a Leyva le falta todo eso.
¿Y la defensa del marco jurídico para sostener su nombramiento?
No basta el enunciado, sino la solidez de los argumentos.
Lo que está a discusión no es poca cosa, es ni más ni menos que la defensa del orden constitucional, es decir, la preservación del marco legal, del Estado de Derecho.
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