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COVID-19 y terrorismo telefónico

COVID-19 y terrorismo telefónico 13 de abril de 2020

Gerardo Cortinas Murra

Chihuahua, Chih.

Según las cifras oficiales dadas a conocer por la STPS, la pandemia del COVID-19 ha provocado la pérdida de más de 350,000 empleos formales en México; lo que representa que, en menos de un mes, se perdieran los empleos generados durante el año del 2019.

Con la paralización de las actividades “no esenciales”, se avizora que los meses de abril y mayo “serán los meses más crudos en cuanto a despidos, sobre todo en los sectores considerados como ‘motores’ generadores de empleos (manufacturas, construcción, turismo, comercio y extracción)”.

¿Y los millones de trabajadores informales…? Aquellos mexicanos que ganan su sustento día con día, sin acceso a los beneficios del derecho social (pago de vacaciones, aguinaldo y servicio médico) que han dejado de tener ingresos como consecuencia del confinamiento social. A ellos, ¿Quién los apoyará?

Porque la informalidad laboral en la que sobreviven millones de mexicanos, conlleva una vulnerabilidad socio-económica que los deja indefensos ante las malas prácticas de cobranza extrajudicial de las entidades financieras, cuando les resulta imposible cubrir el pago puntual de deudas de créditos bancarios.

Por desgracia, para millones de mexicanos, la CONDUSEF es una dependencia federal de ornato; es decir, una institución incapaz de hacer una defensa, eficaz y oportuna, a favor de los usuarios víctimas de la rapiña de las entidades financieras.

En efecto, de manera cotidiana, las entidades financieras -a través de despachos externos de cobranza extrajudicial- realizan cobranzas vía telefónica que, por sí mismas, constituye un evidente fraude a la ley; pero además, una manifiesta violación al derecho humano a la privacidad en perjuicio de millones de usuarios.

Lo anterior es así, en virtud de que la Ley para la transparencia de los servicios financieros (LEY) autoriza a la CONDUSEF a “emitir disposiciones de carácter general en materia de despachos de cobranza”.

Asimismo, en este Acuerdo se precisa que las entidades serán responsables de que los despachos de cobranza al realizar el cobro, “no realicen (entre otras) las siguientes conductas: a) Dirigirse a personas distintas al cliente, obligado solidario o aval; y b) Enviar comunicaciones a terceros con excepción de deudores solidarios o avales.

A pesar de que en dicho Acuerdo se consigna que “la comisión de alguna de las conductas anteriores se considera una práctica comercial abusiva y coercitiva”, las entidades financieras violentan la LEY, toda vez que: a) La cobranza extrajudicial se realiza, inclusive, en días y horas inhábiles; b) las llamadas telefónicas son simples grabaciones; y c) La cantidad de mensaje grabados que reciben los usuarios, asciende a decenas de llamadas diarias.

Sin duda alguna, estas malas prácticas de cobranza extrajudicial no solo resultan ser abusivas y coercitivas; sino además, violatorias del derecho a la privacidad de los usuarios. Lo anterior es así, toda vez que este derecho humano es extensiva “a una protección que va más allá del aseguramiento del domicilio como espacio físico en que se desenvuelve normalmente la privacidad o la intimidad…”

Y no solo eso, esta denigrante práctica de cobranza extrajudicial, vía telefónica, violenta la dignidad humana de los deudores, toda vez que -tal y como lo reconoce la ‘Tremenda Corte’- el Pacto Federal establece el mandato a todas las autoridades, e incluso particulares, de respetar y proteger la dignidad de todo individuo, entendida ésta -en su núcleo más esencial- como el interés inherente a toda persona, por el mero hecho de serlo, a ser tratada como tal y no como un objeto, a no ser humillada, degradada, envilecida o cosificada”.

Por desgracia, a pesar de que López Obrador se jacta de ser ‘humanista’, le tiene sin cuidado los derechos humanos. Por eso estamos como estamos...

Gerardo Cortinas Murra

Abogado, analista político especializado en temas electorales y legislativos