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Cero reforma electoral

Cero reforma electoral 25 de julio de 2017

Gerardo Cortinas Murra

Me queda claro que en Chihuahua es más fácil reformar la Constitución del Estado, que preparar enchiladas y machaca con huevo. Porque sin importar la ideología política de los gobernadores y diputados en turno, basta con que los titulares de los Poderes Ejecutivo y Legislativo logren ‘consensuar’ el tópico de la reforma para que los principios fundamentales del pueblo chihuahuense se modifiquen en unos cuantos días; y sin que sea necesaria la participación, directa o indirecta, de los chihuahuenses.

Al igual que César Duarte, Javier Corral ha optado por reformar la Constitución Local de manera sumarísima (a la ’fast-track’), so pretexto de adecuar -en los plazos establecidos en los Artículos Transitorios- los nuevos principios constitucionales incrustados en el Pacto Federal. Sin embargo, al exlegislador federal se le olvida que los plazos fatales no aplican en materia del Sistema Nacional de Anticorrupción, ni mucho menos en lo relativo a la Judicatura del TSJ.

Motivo por el cual, resulta obligado recordar las enseñanzas de Don Ignacio Burgoa, cuando afirma que “sería prolijo mencionar los casos en que la Constitución se ha reformado o adicionado para ‘legitimar’ injustas e inigualitarias situaciones de hecho reprobadas o no autorizadas por sus preceptos… (gracias a) la falta de conciencia cívica, dignidad y patriotismo de los hombres que en determinados momentos han encarnado a los órganos en quienes el Art. 135 constitucional deposita la facultad reformativa y de adición a la Ley Suprema”.

Ahora bien, en materia electoral el plazo fatal está establecido en el Art. 105 constitucional, de tal manera que las reglas electorales que pretendan ser aplicadas en los comicios locales del 2018, “deberán ser promulgadas y publicadas por lo menos 90 días antes de que inicie el proceso electoral”. Luego, al día de hoy, quedan solo 38 días para que el Congreso y los Municipios aprueben una reforma constitucional y, con posterioridad a ésta, la reforma a la Ley Electoral.

Mientras tanto, de manera por demás descarada, los diputados de todas las fuerzas políticas agotan los tiempos con “Foros y Mesas de Trabajo” y ampliando los plazos para la recepción de ‘propuestas ciudadanas’; lo cual es una burda estrategia legislativa para que el PAN logre ‘consensuar’ una mini-reforma que le garantice repetir los triunfos electorales obtenidos en los comicios locales del 2016.

A mi parecer, al igual que en el ámbito federal, resulta evidente que los dirigentes estatales de los partidos políticos planean aplicar la misma legislación electoral del 2016; es decir, no aprobar reforma alguna en los tópicos constitucionales que reclama la sociedad chihuahuense: a) reducción de diputados (de mayoría y ‘pluris’); b) reducción del financiamiento público a partidos políticos; c) modificación a la distribución del financiamiento público; d) nuevo procedimiento de asignación de ‘pluris’; y e) requisitos de elegibilidad más rigurosos.

Sin embargo, cada día que pasa, el pendiente legislativo relativo a la reelección legislativa y municipal cobra mayor relevancia en el análisis político y mediático. Es obvio que la partidocracia nacional ya está más que arrepentida de haber derogado el principio histórico de la No-reelección, porque la aplicación estricta de dicho principio conlleva el fracaso electoral de muchos cargos de elección popular.

En algunos casos, porque el diputado local, el presidente municipal o el síndico tuvieron un pésimo desempeño en su cargo; y volverlo a postular, sería sinónimo de ‘regalarle’ el triunfo electoral al candidato de otro partido. O bien, porque el partido tiene un candidato más leal o con más preferencias electorales.

De cualquier manera, esta inminente omisión legislativa traerá consigo una serie de impugnaciones electorales y de un sinfín de traiciones partidistas (militantes tránsfugas). Y no solo eso, además generará un generalizado repudio social de insospechadas consecuencias políticas.



PLAN ‘B’:

Por mandato constitucional, la jornada comicial de los procesos electorales concurrentes del año próximo será, por excepción, el primero de julio del 2018; por lo cual, el Congreso podría modificar la fecha del inicio del proceso electoral y, solo así, tener más tiempo para ‘consensuar’ la reforma electoral.

En otras palabras, el Congreso está en tiempo para modificar la calendarización electoral aplicada en el 2016, estableciendo como fecha de inicio del próximo proceso electoral el día 2 de enero del 2018; o sea, atrasar un mes el inicio de los comicios locales, recorriendo las fechas de precampaña y campañas electorales.

De ser así, el plazo fatal para publicar las nuevas reglas electorales, sería la última semana de septiembre. Sin embargo, la reforma constitucional deberá ser aprobada y publicada, a más tardar, a finales de agosto; para que los partidos políticos cuenten con más tiempo (un mes) para negociar los términos de la reforma a la Ley Electoral.

En cuanto a las candidaturas independientes, los candidatos ‘con dinero’ del 2016 que obtuvieron el triunfo electoral, se dedican a organizar eventos como el reciente ‘Congreso Nacional Independiente Unidos por México’ para promover su imagen pública, y evitar así, ser sancionados por actos anticipados de campaña.