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¿Inversión pública?

¿Inversión pública? 19 de diciembre de 2016

Gerardo Cortinas Murra

¿Inversión pública?



Por mandato constitucional, todos los servidores públicos de los tres niveles de gobierno están obligados a administrar los recursos económicos que se pongan a su disposición con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. De igual manera, el uso de recursos públicos está sujeto a los criterios de racionalidad, disciplina y austeridad social.



Lo anterior, implica que los titulares de las dependencias facultadas para aprobar los proyectos de presupuestos de egresos que corresponda a su ámbito de competencia, deben de justificar plenamente no solo la planeación del gasto público que en su caso les autorice el Congreso, sino además, la aplicación de los recursos autorizados no debe constituir alguna causal de responsabilidad administrativa, y menos, tipificar actos delictivos.



Sin embargo, de la información proporcionada por la Secretaría de Hacienda, relativa al destino de 3 mil millones de pesos (correspondientes al 50% de la monetización de los remanentes carreteros) se desprende una serie de gastos que violentan flagrantemente los principios constitucionales relativos al gasto público.



Lo anterior, ya que su erogación excede el marco presupuestario previamente autorizado por el Congreso y, que por ello, está fuera del “control de economicidad referido a la eficiencia, eficacia y economía en la erogación de los recursos públicos”. De igual manera, el destino de la mayor parte de esos tres mil millones de pesos no se erogaron de manera eficiente, eficaz, económica, transparente y, mucho menos, de manera honrada y austera.



Por lo anterior, debe recordarse que en famoso Decreto 1418/2016 mediante el cual se autorizó al exgobernador, para pactar la monetización de los recursos -presentes y futuros- de la empresa de participación estatal mayoritaria ‘Fibra Estatal Chihuahua’; sin embargo, la monetización estaba condicionada a que la totalidad de la monetización debería ser destinada a los siguientes rubros: a) un 50%, al pago de las obligaciones a cargo del Estado, derivadas de financiamientos; y b) el resto, a inversiones públicas productivas (IPP).



En la legislación estatal comparada mexicana, encontramos la definición legal de IPP: “Se entiende por inversiones públicas productivas las destinadas a la ejecución de obras públicas, adquisición o manufactura de bienes y prestación de servicios públicos, siempre que en forma directa o indirecta produzcan incrementos en los ingresos del Estado”. Como se puede apreciar, un elemento esencial de las IPP es el incremento, de manera directa o indirecta, de los ingresos estatales y/o municipales, según sea el caso.



Usted amable lector, sin ser un experto en cuestiones financieras, asuma si las siguientes erogaciones (en números redondos) pueden ser equiparadas a las IPP: En Ciudad Juárez: 150 millones en infraestructura hidráulica del acueducto ‘Conejos-Médanos’; 10 millones de pesos para construcción de la plaza cultural ‘El Chamizal’; 4 millones para la regeneración del Centro Histórico.



En Chihuahua: 106 millones para construcción de planta de tratamiento; 85 millones para la ‘Ciudad Judicial’; 67 millones para el distribuidor vial ‘Zootecnia’; 50 millones para el estacionamiento ‘Plaza Comercial y Turística’; 48 millones para el colector ‘Teófilo Borunda’.



En Parral, 87 millones de pesos para la conclusión del Centro Cultural ‘Stallforth”; 63 millones para la regeneración del Centro Histórico; 15 millones para construcción de la plaza ‘Francisco Villa’. Y 38 millones para la construcción del cuartel del Batallón de Infantería y su unidad habitacional en Guachochi.



Otros, sin especificar: más de 200 millones en rehabilitación de infraestructura vial rural y urbana; 39 millones para rehabilitación de espacios en edificios públicos. Y pare usted de contar… Yo me pregunto: ¿Acaso las IPP son sinónimo de obra pública? Por supuesto que no. Eso tiene otro nombre: dispendio de recursos públicos.